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El reparto de la herencia

El reparto de la herencia
9
Jul

Hace dos meses, corría como la espuma por las redes sociales una publicación en facebook del futbolista togolés Emmanuel Adebayor donde, dolido por la situación, afirmaba: “Todavía estoy vivo y ellos se están repartiendo ya mis propiedades por si me muero». Con unas duras declaraciones que han conmocionado a sus fans, el ex del Real Madrid se refería en la red social a su familia que, al parecer ha recriminado al futbolista por no construirle una casa a cada uno y darles una nómina mensual en estos años.

Aquejado de un mal de ojo que según el jugador ha sido proferido por su propia madre y que lo ha mantenido de baja buena parte de la temporada, el futbolista viajó a África en diciembre pasado para resolver su problema y se lamentaba de la actitud de sus familiares que ya se andan adjudicando sus bienes por si muere.

Desafortunadamente este caso, que han viralizado las redes sociales por tener un protagonista famoso, no es aislado. Son numerosas las familias que ya empiezan a barajar posibles repartos ante un familiar gravemente enfermo y comienzan a dibujarse desavenencias en la partición.

Cuando desde los despachos de abogados y notarías se insiste en la recomendación de hacer testamento en cuanto uno tenga bienes en su patrimonio es precisamente para evitar muchas complicaciones futuras para las familias. Aún con cláusulas que ordenen debidamente la voluntad del testador, ninguna familia está libre de desacuerdos cuando llega el momento de repartir la herencia pero al menos, el punto de partida para el reparto estará fijado y soluciones incluso para casos de total desacuerdo entre herederos existen.

Con todo esto, lo que nos gustaría significar como expertos en Derecho de Sucesiones y tramitación de herencias es que buscar el asesoramiento de un abogado especialista en la materia sobre cómo nos gustaría que se repartieran nuestros bienes cuando ya no estemos es esencial para evitar numerosos disgustos y gastos innecesarios.

Pero…¿Cómo se reparte una herencia?

Para empezar y con unas breves pinceladas, vamos a dejar claro para las personas interesadas en la pregunta que no se puede disponer de una herencia en su totalidad para repartirla a nuestra voluntad.

Cuando hay testamento distinguimos según la ley tres partes en la herencia:.

  1. 1/3 de la herencia, la denominada «legítima» , que se repartirá obligatoriamente entre los herederos legítimos, es decir el cónyuge de la persona fallecida y los hijos si los hay.
  2. 1/3 de mejora de la legítima, que significa que lo podemos usar para mejorar en la herencia a uno o varios de los herederos legítimos.
  3. 1/3 del total de la herencia de libre disposición, con el que podremos dejar bienes y a quienes deseemos.

Teniendo en cuenta esta premisa en Herencia Legal recomendamos que el reparto que dispongamos de nuestros bienes se haga de la forma que evite lo máximo posible conflictos y desavenencias. Y tanto en esta fase como en la de partición de la herencia entre los herederos y legatarios, el asesoramiento de un profesional experto en Derecho de Sucesiones resulta un aliado esencial.

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