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En los legados, no todo vale

En los legados, no todo vale
10
Sep

Pongamos por caso que acabas de conocer que en la herencia de un allegado eres nombrado legatario y no sabes cuál es exactamente tu posición respecto a la de un heredero. ¿Qué son los legados y qué significa ser legatario?, ¿en qué pueden consistir los legados?, ¿tienen límites o el causante puede legar todo cuanto guste?… A estos interrogantes vamos a responder con un post en el que veremos que en los legados, no todo vale.

Para comenzar, diremos que en una herencia donde el testador ha incluido legados habrá de tenerse en cuenta, para la adjudicación y posterior reparto que, además de los herederos están los ‘legatarios‘, que no son lo mismo.

¿Qué diferencia al legatario del heredero?

El legado es un bien o conjunto de bienes o derechos concretos que, la persona fallecida (causante), dispone en el testamento en favor de una persona física o jurídica, que será el legatario.

Frente al heredero, que sucede al testador en todo, el legatario lo hace solo en el bien o derecho que le ha sido legado y aunque el legatario adquiere la propiedad de la cosa legada desde el fallecimiento del testador, sí que deberá pedir su entrega al heredero o albacea, en su caso.

De los legados te interesa saber…

  1. Que son voluntarios y si se desea incluirlos en una herencia debe hacerse en un testamento pudiéndolos revocar el testador en cualquier momento.
  2. Los legados pueden consistir en bienes inmuebles (como casas o terrenos), en bienes muebles (como sería el caso de dinero, joyas o un coche), o bien puede tratarse de un derecho (como una prestación o el cobro de una deuda).
  3. Puede ocurrir que alguien que es instituido en heredero sea nombrado también legatario en el testamento (lo que se conoce como prelegado). En estos casos el heredero podrá renunciar a la herencia y aceptar el legado, o renunciar a éste y aceptar aquélla. Son dos conceptos independientes.

Famosos legados que llegan a tribunales

Como hemos comentado en este post, los legados, al igual que la propia herencia dispuesta también por el causante en el testamento, nunca pueden perjudicar las legítimas. De hecho puede decirse que el caso más relevante de un legado ineficaz es cuando se declara inoficioso por atentar contra la legítima.

Un caso muy reciente que se ha convertido en noticia de actualidad estos días es el relacionado con la fallecida Duquesa de Medina Sidonia, conocida como la ‘Duquesa Roja’, y la Fundación que lleva su nombre. Será el próximo 30 de septiembre cuando arranque el juicio donde los tres hijos de la Duquesa se enfrentan a la viuda de la aristócrata al frente de uno de los archivos más importantes de toda Europa. Los descendientes de Medina Sidonia solicitan que se declare la ‘inoficiosidad’ de la Fundación y que pase a la masa hereditaria para satisfacer la parte legítima que les corresponde.

El caso Medina Sidonia nos recuerda a otro no muy lejano como es el de la Fundación Cela, que por cierto perdió la viuda del premio Nobel a favor de su hijo en una sentencia que dictaminó que una fundación no puede usarse para desposeer a los herederos de su legítima.

Estos casos con apellido conocido, donde una Fundación está en juego, no son los más habituales, pero sí es cierto que gran número de testamentos incluyen legados en las herencias y no siempre es fácil su interpretación o bien, plantean problemas a la hora de liquidarlos con lo que, una tramitación por abogados expertos en herencias resulta más que recomendable.

Si tienes dudas sobre los legados o necesitas una gestión especializada de tu herencia consúltanos. En Herencia Legal somos expertos en herencias.

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