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Protección de los menores de edad en las herencias

Protección de los menores de edad en las herencias
20
Nov

Tal día como hoy, 20 de noviembre, es el Día Internacional de los Derechos del niño y en este blog hemos querido compartir una entrada sobre las posibilidades de protección de los menores de edad en las herencias, una cuestión que preocupa bastante a los progenitores especialmente cuando existe una situación de separación o divorcio.

Vamos a dar respuesta aquí a las dudas más frecuentes que recibimos en esta materia en el despacho de Herencia Legal. Veremos cómo puede establecerse una protección de los menores de edad en previsión de que pudieran fallecer sus dos progenitores, en las situaciones de separación o divorcio en las que muere uno de los dos o en aquellos otros casos en que nos preocupa la responsabilidad de los menores en una herencia con deudas.

  1. Protección de los menores de edad en previsión de que fallezcan sus dos progenitores:

Cada vez son más los progenitores que acuden a nuestro despacho en busca de una solución para proteger a sus hijos menores de edad en el testamento por si estos faltan inesperadamente. Es un trance amargo este que se plantea pero puede ocurrir, y no está de más ser precavido y dejar prevista alguna solución.

En este caso los progenitores tienen la posibilidad de nombrar en el testamento tutor para sus hijos. Nuestra recomendación es acudir para ello al entorno familiar más cercano y dentro de él reflexionar muy bien antes de elegir a la persona que creemos más adecuada ya que el tutor que designemos será quien administre la herencia de los menores, tomará decisiones muy relevantes en la vida de los menores como su educación… no es una decisión fácil.

Para designar tutor bastará con nombrarlo en el testamento sin necesidad de que esté presente ero sí que es recomendable que esté al corriente de nuestra elección y muestre su conformidad.

  1. Herencia de los menores de edad cuando los progenitores están divorciados:

Una situación muy habitual en los tiempos que corren, progenitores separados o divorciados con hijos menores de edad. En este supuesto si fallece uno de los dos, el padre o la madre, y no se ha hecho testamento, la ley establece que será el progenitor sobreviviente el que los represente en la herencia convirtiéndose en administrador de los bienes heredados por sus hijos hasta que estos alcancen la mayoría de edad. Este hecho se produce con independencia de quién tuviera atribuida la custodia antes del fallecimiento ya que al morir uno de los cónyuges, la custodia pasa de forma automática al que sobrevive, sin necesidad de resolución judicial que lo establezca.

Es decir que el excónyuge decidirá sobre la vivienda recibida o el manejo del dinero en el banco. Pero si la relación entre la expareja no ha sido precisamente cordial, es muy probable que el uno no quiera que el otro administre sus bienes aunque sea en nombre de sus hijos menores de edad. Para evitar este efecto, que se produce como hemos apuntado en ausencia de testamento, lo primero es otorgar este documento  e incluir en él una cláusula especial en la que se designe al administrador. Hecho ésto, a la muerte del progenitor serán sus hijos los que hereden pero será la persona designada en el testamento la que administre todo hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad. A partir de los 18 años, los hijos recibirán su herencia y la administrarán en nombre propio sin que intervenga para nada el otro progenitor.

Al igual que en el caso anterior, antes de designar administrador debe meditarse muy bien la persona elegida y es recomendable que sea de máxima confianza pudiendo nombrarse a varias por si una no quiere o no puede aceptar esa responsabilidad además de ser capaza de lidiar con los posibles conflictos con otro progenitor.

En el testamento podrán incluirse algunas directrices de actuación para el administrador como por ejemplo que no se vendan los bienes inmuebles hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad y decidan por sí mismos que desean hacer con ellos.

  1. Representación del menor de edad en la aceptación de la herencia:

En los casos en que los herederos son menores de edad, son los padres o tutores los que los representan en la herencia. De tal forma que los representantes podrán aceptar la herencia en nombre de sus hijos sin autorización judicial siempre que lo hagan a beneficio de inventario, para evitar que queden desprotegidos ante herencias con deudas.  Igualmente, los representantes podrán renunciar a la herencia en nombre de los menores de edad, pero en este caso sí que se requiere autorización judicial hasta que éstos alcancen 16 años. Y mientras que los padres pueden intervenir con libertad en una partición de herencia de sus hijos menores de edad, los tutores deberán sin embargo someter la partición a la aprobación del juez una vez se haya realizado.

Consúltanos tu caso particular y buscaremos la mejor protección para los menores de edad en la herencia.

Comments

  • 17 noviembre, 2017

    Hola,
    Mi duda es la siguiente, el padre de mi hijo menor de edad falleció el año pasado ( no estábamos casados ni como pareja de hecho; guardia y custodia mía) pero este no tenía testamento, se encontraba en el paro sin subsidio y no poseia ningun bien inmueble ni propiedades por lo que no se aceptó ni se rechazó ninguna herencia, ya que era inexistente.
    Hace dos meses llegó una carta a su domicilio materno en el que se le reclama al fallecido salde una deuda que tiene pendiente con una entidad bancaria; he llamado para ver de que se trataba y me han dicho que es sobre una tarjeta de crédito y que ésta no prescribe; quisiera saber si esta deuda puede perjudicar a mi hijo de 8 años y si no me puedo acojer a ninguna ley que proteja al menor ante esta injusticia.
    Como proceder
    Gracias

    • Equipo Comunicación
      17 noviembre, 2017

      Buenos dias:
      La deuda generada por el fallecido, forma parte del pasivo de su herencia y por lo tanto puede ser reclamada a sus herederos. La mejor solución es que acudan a un Notario y firmen la renuncia a la herencia,y una vez lo hayan hecho lo comuniquen al Banco, de manera que éste no pueda reclamarles nunca nada ni les vuelvan a molestar.
      Un cordial saludo

      • 9 febrero, 2021

        Hola buenas, acabo de hacer la mayoria de edad y queria saber como puedo hacer para saber si mi abuela fallecida por parte de padre me dejo herencia, ya que es lo que tengo entendido por parte de mis padres. Gracias.

        • Equipo Comunicación
          10 febrero, 2021

          Buenas tardes:
          Contando con unos determinados datos como la fecha de fallecimiento, se podría hacer una investigación por la que podría tener certeza absoluta de si es heredero o no.Si quiere póngase en contacto con nosotros y le podemos asesorar en dichas actuaciones. Puede hacerlo en el correo electrónico info@herenciastramitacion.com, o bien en el teléfono 699025043.
          Un cordial saludo

        • 1 septiembre, 2021

          Buenas días:
          Tengo una duda, tengo 16 años si mis tutores legales mueren, puedo ejercer la emancipación.
          En tal caso la herencia sería mía….¿o que pasaría?
          Muchas Gracias

          • Equipo Comunicación
            1 septiembre, 2021

            Buenos dias:
            Si sus tutores legales son sus padres, usted será el heredero de ellos independientemente de la edad que tenga. Si dichos tutores no son sus padres, usted será heredero solo si asi lo disponen ellos en su testamento.
            Un cordial saludo

        • 17 septiembre, 2021

          Hola tengo una hija de 3 meses mi pareja y yo tenemos 3 años en concubinato el no ah pagado el acta de divorcio aparece aún el vínculo matrimonial con la ex pareja si mi pareja fallece la hija de él y la ex pueden sacarme de la casa que hizo dentro de el concubinato ?? Tienen derechos a los bienes que el deje ?? O tendrían que esperar a que mi hija sea mayor de edad para que se pueda vender la casa y repartir la herencia

          • Equipo Comunicación
            1 octubre, 2021

            Buenas tardes:

            Mientras que esté oficialmente casado, su mujer tendrá los derechos que le correspondan como tal. La hija siempre tendrá derecho a lo que le corresponde de la herencia, y si la casa está a nombre de su padre podrán exigir lo que les corresponda.

      • 19 marzo, 2021

        Buenas noches,por favor,¿Qué se debe hacer sí un hombre casado, pero con hijos reconocidos fuera del matrimonio, fallece y la madre de uno de esos hijos no pretende reclamar la herencia de su hijo menor de edad?¿Puede ella repudiar la herencia en nombre de su hijo, siendo que el decujus tenía bienes y no tenía acreedores?

        • Equipo Comunicación
          4 abril, 2021

          Buenas tardes:
          Para renunciar a la herencia del menor, la madre tendría que solicitar una autorización judicial para ello, con lo que si no hay deudas, es difícil que la consiga.
          Un cordial saludo

      • 30 mayo, 2021

        Hola necesito saber que derechos me corresponde, al no estar casada con mi marido pero vivimos juntos ya hace 9 años y con 2 niños menores de edad uno d 2 y otra de 6 que pasa que el tiene 3 niños más una de 23 otro de 17 y la otra de 14, y el tiene algunos bienes, osea una casa y un coche, que pasa que no estábamos en el paro ni teníamos ayuda ninguno por el momento, que derechos me corresponde a mi para proteger esos menores de edad? Porque su hija mayor quiere que me valla de la casa entonces quería saber a que puedo optar por los niños.

        • Equipo Comunicación
          31 mayo, 2021

          Buenas tardes:
          Sus hijos tienen los mismos derechos hereditarios que sus hermanas mayores, con lo que les corresponderían dos quintas partes de la herencia, y por lo tanto dos quintas partes de la casa. Si su pareja, por via de testamento no le dejó nada a usted, a efectos legales no tendría derechos en la herencia.

          Para que puedan obligarle a abandonar la casa, tendrían que adjudicar la herencia primero, y luego pedir la extinción del condominio de la vivienda, todo lo cual se hace bastante complicado para ellas.

          Un cordial saludo

    • 10 abril, 2021

      Necesito saber porque una vecina le ha puesto en testamento a mi hijo de 11 años su propiedad pero yo no quiero hacerme cargo de nada que sea para el solo. Quien paga cuando herede el impuesto y se queda solo a nombre del NIÑO? Hasta q sea mayor de edad o en caso de q quiera alquilarlo quien puede representarlo si no hay nadie en testamento y nosotros no podemos por otra problemas?

      • Equipo Comunicación
        12 abril, 2021

        Buenos dias:
        Es totalmente válido que le hayan dejado el piso por herencia al menor, ante lo cual los padres, al tener la guarda y custodia y por tanto atribuida la administración de sus bienes, podrán aceptarlo en nombre él, o bien renunciar a ella, para lo que necesitarán en este último caso una autorización judicial.
        En caso de aceptarla, el impuesto irá con cargo al menor, ante lo que podrán pagar o bien dejar que prescriba si no tienen intención de vender la vivienda en un plazo de 4 años y 6 meses, período en el cual, podrán alquilar la vivienda en nombre del menor, e ingresando la renta, menos los gastos, a nombre de él en una cuenta.
        Un cordial saludo

      • 18 mayo, 2021

        Hola!
        Mi duda es la siguiente, mi hermano falleció hace 5 años, dejó tres niñas menores de edad, la mayor de 15 años y las gemelas de 10 años. Él dejó pensión, casa y auto, la viuda sacó de estudiar a la mayor para que cuidara a las menores y ella poder salir a trabajar. A nosotros nos cerró la puerta y solo dejaba que las visitaramos en la puerta de su casa, así que ignoramos muchas cosas hasta hace 6 meses supimos que la hija mayor ya con 20 años la metió a trabajar para poder cambiar de auto, mi sobrina sigue sin estudios, ella es muy noble y obedece a su mamá, la cosa no termina ahí, hace 3 semanas mi sobrina está viviendo con nosotros porque la mamá se va a casar de nuevo y ya no hay espacio en la casa. Mi pregunta es… ¿Es legal qué la haya dejado sin estudios teniendo la pensión? ¿Es legal qué la saqué de la casa que está a nombre de las cuatro?
        Saludos

        • Equipo Comunicación
          18 mayo, 2021

          La cuestión principal es que su sobrina es ya mayor de edad, y por lo tanto la madre ya no tiene sobre ella la patria potestad, con lo cual su sobrina ya podría reclamar a su madre tanto lo que le correspondiera de la pensión, si es que le corresponde algo, como sus derecho sobre la casa. Sería importante saber si la madre tiene atribuido el uso de la vivienda por la herencia de su hermano, con lo que en ese caso la hija tendría poco que hacer.
          Un saludo

      • 2 junio, 2021

        El papa de mi hija fallecio el era casado tiene 4 hijos y mi hija es la unica menor de edad que porcentaje le toca de herencia

        • Equipo Comunicación
          2 junio, 2021

          Buenos dias:
          Para poder darle una respuesta, necesitaríamos saber si el fallecido dejó testamento o no. En caso de que no lo dejara, su hija tendría los mismos derechos que sus hermanos, por lo que ser menor de edad no influye en nada.
          Un cordial saludo

      • 28 junio, 2021

        Hola soy madre de una niña de 14 años falleció su padre teniendo ya cuatro con vivíamos juntos compartíamos hipoteca a mí no se me dio no sé me dio pensión por por viudedad ella cobra la pequeña pensión por orfandad para de trabajar costas con una buena nómina y hay propiedades de la familia y la familia leas está mediando sin que mi hija y su hermano por parte de otra madre estén percibiendo ningún tipo de ingresos ni comunicación de nada como pueden ayudar a estos niños a que reclamen sus bienes personales

        • Equipo Comunicación
          28 junio, 2021

          Buenos dias:
          Habría que conocer si las propiedades de la familia provienen de herencias ya tramitadas, o no.
          Si de manera voluntaria los familiares no quieren entregar lo que corresponda a su hija, La única forma de reclamar los derechos hereditarios sería interponiendo un procedimiento judicial de división de herencia.
          Un cordial saludo

      • 11 julio, 2021

        Buenos días. ¿Cómo podría reclamar una herencia que se llevó a cabo siendo yo menor? A día de hoy soy adulta pero no tengo relacion con esa parte de la familia. Muchas gracias.

        • Equipo Comunicación
          15 julio, 2021

          Buenas tardes:
          Nosotros realizamos actuaciones de intermediación entre herederos. Lo primero que se tendría que saber es si la herencia se adjudicó, y en caso afirmativo en que términos, para poder saber que es lo que usted podría reclamar. Si quiere puede llamarnos al 699025043 para ampliarle información.
          Un saludo

          • 14 agosto, 2021

            Buenas tardes, mi esposo cuando lo conocí era viudo con 3 hijos, hoy el Y yo estamos casados, con 3 hijos menores de edad, 7, 5 y 11 meses (los 3 primeros hoy tienen 27,22 y 21 años) el tenía una casa que una lo antes de casarnos adquirió, mi duda es si mis hijos tienen derecho sobre esa casa?

          • Equipo Comunicación
            25 agosto, 2021

            Buenas tardes:
            Sus hijos son herederos de su marido, con lo que deberán recibir la parte correspondiente de su herencia, incluida la parte que de dicha casa le corresponda al él cuando fallezca.
            UN saludo

    • 9 julio, 2021

      Buenas tardes, mi caso es un poco peculiar y me gustaría saber vuestra opinión. Mi padre murió hace 29 años y nos acabamos de enterar que se cobró un dinero por su muerte (en accidente de circulación). Cuando murió mi padre yo tenía 13 años y mi hermano 16 y el dinero se lo quedó todo mi madre sin darnos ni una sola peseta (muerte en el año 1992). Nuestro representante legal era nuestro tío por lo que entiendo que él tiene responsabilidad en el hecho de que dos menores no cobrasen nada de un dinero que les correspondía por orden judicial. La pregunta sería, se le puede reclamar algo a a alguna de las partes implicadas?. Gracias por anticipado por su información.

      • Equipo Comunicación
        15 julio, 2021

        Se podría reclamar a su madre, si la misma hizo una disposición ilegal del dinero que legalmente les pudiera corresponder a ustedes como herederos. Su madre tendría facultades de administración sobre sus bienes, al ser menores, pero no de disposición si ni fuera por necesidad y en beneficio de ustedes.
        Un saludo

    • 18 octubre, 2021

      Mi marido falleció hace 8 años y dejó a mi hija herrera universal…Yo hace 3 meses q no puedo pagar la hipoteca mi hija ahora va a hacer 16 años…q puede pasar si no puedo pagar la hipoteca

      • Equipo Comunicación
        18 octubre, 2021

        Buenas tardes:
        En caso de que no puedan pagar la hipoteca, el Banco ejecutará la misma, para lo cual tendrá que ir en contra de usted y la heredera de su marido, en este caso su hija.
        Un saludo

    • 11 noviembre, 2021

      Hola. Puedo dar mis bienes de herencia a una sobrina menor?

      • Equipo Comunicación
        11 noviembre, 2021

        Buenos dias:
        Habría que saber si tiene usted hijos, padres o esposo vivos. En todo caso, siempre puede dejar bienes a una sobrina, aunque ésta sea menor.
        Un saludo

  • 26 febrero, 2018

    Hola mi pregunta es la siguiente el padre de mi hija falleció hace 20 día la niña nació dentro dl matrimonio estábamos separado en proceso de divorcio él tenía 2 vehículo, un seguro de vida reciente más su cuenta con dinero en el banco, el problema está en que la hermana va a vender todo lo de el y no a tomado la niña en cuanta para nada y el dinero del banco lo saco y también no se que habrá hecho con lo del seguro que podría yo hacer

    • 14 octubre, 2020

      Buenas tardes
      Mi hermano fallecio ,su beneficiaria es mi sobrina(su hija)quien esta a cargo de la madre(quien nunca fue ni concubina ni esposa legal de mi hermano).
      Al yo,iniciar los tramites para que mi sobrina(de 11 años)pueda acceder al dinero de su papá,me encuentrl con que la que debe cobrar esos haberes es la madre.Quien tiene denuncias varias(mias,y de mi hermano en su momento)por desatencion total sobre mi sobrina,inclusive hay una denuncia de abuso sexual para con la menor,de parte de su actual pareja).
      Bien,mi pregunta en concreto hay alguna manera de que tanto desde su trabajo(indemnizacion por fallecimiento,vacaciones,aguinaldo,sueldo)y la poliza de seguro contratada por su empleador,el dinero pueda ser depositado en una cuenta a futuro,para mi sobrina.O alguna forma de que ella pueda proveerse mes a mes,para sus necesidades?sin que la madre lo depare para necesidades(y vicios)propios??
      Muchas gracias

      • Equipo Comunicación
        20 octubre, 2020

        La cuestión es que si a pesar de las denuncias, ella sigue manteniendo la patria potestad de la menor, ella es la única habilitada legalmente para ello.
        El dinero se tiene que depositar en una cuenta a nombre de su sobrina, y en teoría la madre solo podría acceder al mismo por necesidad o en beneficio de la menor. En caso de que asi no lo estuviera haciendo, ustedes podrían ponerlo en conocimiento del Juez, solicitando el nombramiento de un administrador para los bienes de la niña que no sea la madre.
        Les ofrecemos nuestros servicios para asesorarles en toda esta cuestión, un cordial saludo

      • 24 octubre, 2020

        Hola buenas noches, mí ex pareja falleció recientemente. Entiendo que nuestro hijo hereda tanto viviendas como el plazo fijo q él había adquirido. Cómo tendría que hacer para q el resto de su familia no quebrantara mí posibilidad de defender el derecho de mí hijo ?
        Tanto su madre como sus hermanos no me lo permiten .

        • Equipo Comunicación
          26 octubre, 2020

          Buenos dias:
          Si usted tiene la patria potestad de su hijo, usted es la única capacitada para administrar los bienes de éste, por lo que su familia política no podrá poner ningún impedimento a ello.
          Si no hay testamento, o su marido no les reconoció a ellos ningún derecho en su herencia, usted podrá tramitar la herencia por si misma, sin necesidad de contar con ellos.
          Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que estime oportuna, ofreciéndole nuestros servicios para asesorarle en todo el proceso.
          Un cordial saludo

          • 1 junio, 2021

            Buenas noches .
            Falleció mi hermano quien tiene dos hijos . Él tenía bienes a nombre mío y mi hermana casa y vehículos . Ya que tenía problemas con la madre de sus hijos . Deseo pasar los bienes a nombre de mi sobrinos pero que la señora no pueda vender y asegurarme que sea bien administrado y eso bienes sea en beneficio de mis sobrinos .( los bienes está haciendo mal uso la señora , porque le dimos sin hacer transferencia en papeles, pero vemos que mis sobrinos no están bien ) Cómo puedo hacer ?
            Y cómo podemos asegurarnos que ella nos deje ver a nuestros sobrino de 4 y 8 años ( cuando se le pregunta porque los niños no estudian o están descuidados o no van al control médico , como castigo no nos deja ver )

          • Equipo Comunicación
            1 junio, 2021

            Buenos dias:

            La cuestión es complicada, ya que si la madre tiene, excepto que se le prive judicialmente de ello, la patria potestad de los niños, también tiene atribuidas las actuaciones de administración de los bienes de ellos, con lo cual podrá administrar los bienes que reciban.

            Si la madre no ejerce la patria potestad como debiera y tiene desantendidos a los hijos, podrá solicitarse que se le quite ésta, nombrándose un tutor a los niños que sería entonces quien administraría sus bienes.

            Un saludo

  • 5 mayo, 2018

    Hola tengo una duda el padre de mi hija falleció y el tenia un departamento que compro junto con su hermana como co deudora
    Mi hija puede heredar el departamento o queda como herencia a la co deudora.

    • Equipo Comunicación
      8 mayo, 2018

      Buenos Dias:
      Su hija sería la heredera de todos los bienes que el fallecido tuviera al momento de fallecer, incluida la mitad del inmueble que compró con su hermana. Otra cosa sería. que su marido le hubiera dejado en el testamento dicha mitad a su hermana, pero si no lo hizo, la mitad sería de su hija.

      • 29 octubre, 2020

        Buenos dias,
        Mi marido falleció hace 1 mes, estabamos casados y con dos 2 hijos, de 17 y 15 años. Me dicen en la notaría que hace falta un defensor judicial que nombrá un tutor para aceptar la herencia de mis hijos menores y en el caso que si quisieramos vender algunos de los bienes inmuebles heredados. ¿Es correcto? Yo soy la tutora legal de mis hijos pero no puedo aceptar sus herencias. Pero luego dicen que sí podré administrales la herencia. Gracias

        • Equipo Comunicación
          29 octubre, 2020

          Buenos dias:
          Efectivamente, dado que usted también es parte interesada en la herencia, no puede firmar en nombre de ellos, por lo que efectivamente deberá interponer un procedimiento judicial para nombrar un defensor judicial que firme en nombre de sus hijos.
          Una vez aceptada la herencia, efectivamente usted si podrá administrar los bienes de sus hijos, pero si quiere vender algún bien de los que ellos sean propietarios y menores de edad, deberá pedir autorización judicial para ello.
          Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise, y le ofrecemos nuestros servicios para asesorarle en los procedimientos que haya que interponer ante el Juzgado.
          Un cordial saludo

    • 18 noviembre, 2020

      Buenos días
      Mi hermano murió la semana pasada y su esposa murió hace 4 años. Sus hijas de 13 y 22 años están a cargo de la abuela materna. Creemos que la custodia de la menor estará a cargo de su hermana mayor por sentido común.
      Sabemos que mi hermano ha dejado algunas deudas y también que está a punto de recibir parte de la herencia de mi madre que también murió en abril.
      También sabemos que su hija mayor no es muy responsable con el dinero y se gastará la herencia de mi hermano antes que mi sobrina pequeña sea mayor de edad.
      Mi pregunta es si se puede poner la parte de la herencia de La Niña menor en una cuenta que sólo ella pueda usar cuando llegue a su mayoría de edad?
      Les agradecería su respuesta cuanto antes ya que estamos intentando evitar que el dinero de la herencia llegue a la cuenta de mi hermano fallecido.
      Muchas gracias

      • Equipo Comunicación
        18 noviembre, 2020

        Buenas tardes:

        Lo que tendrán que hacer será interponer un procedimiento para el nombramiento de un tutor para la menor, el cual no tiene porque ser la hermana mayor, si no la persona mas idónea para ejercer ese cargo, que puede ser cualquier otro miembro de la familia, y sería esta persona la que se encargaría de administrar los bienes de la menor.
        El dinero se podrá y deberá poner a nombre de la menor en una cuenta, y solo el tutor podrá ser el autorizado en dicha cuenta para que el mismo controle la misma y solo se pueda disponer del dinero cuando la menor lo necesite de manera justificada.
        El hecho de ser tutor de la niña, no tiene porque coincidir con la persona con la que convive la misma, ya que aunque puede ser lo mas lógico, no seería lo mas conveniente en este caso, por las razones que usted nos expone.
        Un cordial saludo y quedamos a su disposición para asesorarle en lo que precise.

      • 26 noviembre, 2020

        Buenos días en mi caso tengo 3 hermanas una de ellas tiene 13 años los cuatros somos de diferentes madres mi papá falleció hace un año y no dejó testamento yo soy el hermano mayor y mis hermanas están de acuerdo que me quede con el apto de el incluso la mamá de la menor está de acuerdo en renunciar a la herencia que pasos debemos seguir y que posibilidades hay que me adjudique dicho inmueble

        • Equipo Comunicación
          26 noviembre, 2020

          Buenos dias:
          Es posible que usted se adjudique dicho inmueble, si bien para ello hay que realizar diversos trámites que no son rápidos. En primer lugar, al no haber testamento, habría que tramitar la declaración de herederos de su padre, para determinar quien podría heredar de él.
          En segundo lugar, si hay herederos que quieren renunciar, al ser menores, debe tramitarse ante el Juzgado una autorización judicial para ello.
          Cuando ya estuviera todo eso hecho, se tendria que tramitar ya la adjudicación de herencia.
          Quedamos a su disposición para asesorarle en todos los trámites, un cordial saludo

        • 1 abril, 2021

          Si fallece la madre de un menor sin haber hecho testamento, ¿hay manera de solicitar que alguien vele por el interés de dicho menor dado que el otro progenitor nunca ha hecho frente a las necesidades económicas del mismo y queda ahora como administrador de los bienes de la fallecida?

          • Equipo Comunicación
            4 abril, 2021

            Buenas tardes:
            la única forma de evitarlo, sería que el padre hubiera perdido la patria potestad del menor, con lo que si esto no ha ocurrido, podrá administrar sus bienes. La única solución que usted tiene es vigilar que dicha administración la haga de manera correcta, y en caso contrario denunciarlo ante el Juzgado.
            Un cordial saludo

    • 27 diciembre, 2020

      Falleció mi madre hace unos días y deja de herederos a los nietos, una vez vendido los vienes y repartida la parte que corresponde a cada uno, q se hace con el dinero del menor como puede ser mi hijo, se debe meter en una cuenta hasta q el sea mayor de edad?

      • Equipo Comunicación
        28 diciembre, 2020

        Buenos dias:
        En cuanto al dinero que le corresponda a un menor de edad, los padres, al ostentar la patria potestad, serán los que puedan administrar ese dinero, si bien, dicha capacidad de administración está limitada, ya que de ese dinero no se podría disponer libremente, sino solo cuando se hiciera en beneficio del menor.
        Le ofrecemos nuestros servicios para asesorarles en la tramitación de la herencia, y quedamos a su disposición para cualquier duda que pudiera tener.
        Un cordial saludo

      • 24 agosto, 2021

        buenos dias tengo 20años casada pero ya tenía muchos años dejada de mi esposo tengo una menor de 15años producto de ese matrimonio la cual hace una semana fallece mi esposo y me acabo de enterar que el dejó un testamento de la cual no me incluyo a mi y dejó de tutor de mi hija a su hijo mayor que es el que se encargaría de la herencia de mi hija eso es legal estando yo viva ??

        • Equipo Comunicación
          25 agosto, 2021

          Buenas tardes:
          El fallecido puede nombrar a una persona para que administre su herencia, con lo cual, si lo hizo asi en su testamento, no es ilegal.
          En cuanto a lo que le corresponda a usted en la herencia, para ello habría que saber si estaban o no divorciados, ya que de ello dependen sus derechos.
          Un saludo

  • 31 mayo, 2018

    Soy separda y engo una hija de 19 años, ysu padre le dio una casa cuando tenia 16 años, ahora mi ex esposo tiene una relacion de convivencia de 7 años con otra mujer y tiene dos hijas mas. Mi pregunta es : la actual compañera de mi ex espososo quiere parte de la casa que hace 3 años se la dio a mi hija. Esto es posible?

    • Equipo Comunicación
      1 junio, 2018

      Buenos dias:
      Seria conveniente que nos especificara, cuando dice que su exesposo le dio una casa a su hija, como lo hizo?, fue una donación?, se hizo en escritura pública?
      Un cordial saludo

      • 3 noviembre, 2020

        Buenas,el padre y abuelo de mi hija fallecieron y su abuela vive en la casa familiar,mi hija tendría derecho a reclamar su parte de la casa? Si no hay testamento por parte del abuelo donde haya uso y disfrute de la casa a favor de la abuela,tendria que vender la casa para que mi hija recibiera su parte?

        • Equipo Comunicación
          4 noviembre, 2020

          Buenos dias:
          Nos faltaría un dato fundamental, y es saber si la vivienda de los abuelos era ganancial o privativa del abuelo. En todo caso, al no haber testamento, su hija tendría derecho a la mitad de la casa, si fueran gananciales, y a la casa entera si fuera privativa del abuelo, con un pequeño derecho de usufructo sobre la misma que tendría la abuela. En cualquiera de los dos casos, su hija si tendría diversas opciones para poder transmitir su parte.
          Le ofrecemos nuestros servicios para asesorarle y ayudarle en la tramitación de este asunto, quedando a su dispsosición para cualquier duda que pueda tener.
          Un cordial saludo

          • 27 junio, 2021

            Hola mi pregunta es que mi madre fallecio cuando yo tenia 11 años no hubo nada de herencias ni testamentos actualmente tengo 35 años mi padre acaba de fallecer en septiembre de este año no tenia testamento yo renuncie a heredar lo de mi padre hay una casa de por medio de mis padres pero ya no se si al no haber herencia cuando mi madre fallecio quedo la casa a nombre de mi padre yo renuncie por que hay deudas pero me dijeron si mi madre fallecio estot en su herencia k puede ser la casa que esta en deudas quisiera saber por que en la notaria me dijeron k tendria k buscar un abogado para rechazar herencia de mi madre para que no me enbarguen para certificar que era menor de edad cuando se tenia que hacer testamento o al rechazar herencia de mi padre ya no estoy en ese embargo de la casa?

          • Equipo Comunicación
            28 junio, 2021

            Buenos dias:
            Si la herencia era privativa de su padre, al haber renunciado a ella no le afecta los embargos que puedan tener de él. El embargo solo podrá afectar a la parte privativa de su padre, pero si la deuda es ganancial, si le afectaría a usted aceptar la herencia de su madre, por lo que también tendría que renunciar a ella, teniendo en cuenta que entonces no tendría usted ningun derecho sobre la casa. De todas formas, lo ideal sería poder ver la documentación.
            Un cordial saludo

      • 4 noviembre, 2020

        Buenas tardes .. Tengo dos hijos con mi pareja q fallecio hace dos meses el tenia 5 hijos mas de su anterior matrimanio y una casa al nombre de el y cotitular su ex esposa .queria saber si mi hijos menores de edad tiene algun derecho sobre ese bien y cuando puedo yo reclamar .. . muchas gracias .. Aclaro yo comvivia pero no estabamos casado ni nada !!

        • Equipo Comunicación
          4 noviembre, 2020

          Buenas tardes:
          Sus hijos son herederos forzosos de su ex pareja, y por tanto si tienen derecho sobre los bienes que compongan la herencia, incluida la mitad del piso. Dicho derecho será mas grande o mas pequeño, dependiendo de si el padre dejó testamento o no, y en caso afirmativo, del contenido del mismo.
          Tiene que tener en cuenta, que al ser herederos, deberán liquidar los impuestos antes del plazo de seis meses desde el fallecimiento.
          Le ofrecemos nuestros servicios para asesorarle en toda la gestión y tramitación de la herencia, y quedamos a su disposición en el teléfono 699025043 para cualquier aclaración que precise.
          Un cordial saludo

    • 1 junio, 2020

      Buenas tardes mi exmujer falleció 22 de diciembre no hizo testamento tiene 4 seguros de vida un coche y una casa y 3 prestamos con deudas tengo una hija de 11 años k pasaría si yo renunciara a la herencia

      • Equipo Comunicación
        3 junio, 2020

        Buenos dias:
        Si usted renuncia, los derechos que legalmente le correspondieran por la herencia, pasarían directamente a su hija, que es la heredera legal. A su hija pasarían tanto los bienes como las deudas que fueran de su esposa.
        La cuestión sería valorar los importes de los seguros de vida, y contando que el resto de bienes y deudas sean bienes gananciales, poder salvar mas dinero que en caso de que usted heredara su parte. De todas formas, al no haber testamento, la parte que usted heredaría sería solo el usufructo de un tercio de toda la herencia.
        Le ofrecemos nuestros servicios para estudiar detenidamente las opciones y poder tramitar la herencia acorde a lo que mas les interese. Puede llamarnos o facilitarnos un teléfono y nosotros lo llamaríamos sin compromiso.
        Un cordial saludo

    • 12 mayo, 2021

      Hola buenas tengo una niña de 14 años su padre fallecio y dejo bienes , era casado y con otro hijo mi hija si esta reconocida que podemos hacer para reclamar el 25% que le corresponderia a mi hija de sus bienes puedo hacerlo yo su madre o deve esperar a sus 18 años

      • Equipo Comunicación
        17 mayo, 2021

        Buenas tardes:

        Usted como madre la menor y ostentar su patria potestad, puede reclamar la herencia que le corresponda a su hija en nombre de ella, no siendo necesario esperar a que cumpla los dieciocho años.
        Si necesita asesoramiento para dicha gestión puede ponerse en contacto con nosotros.

  • 9 junio, 2018

    Buenas mi tío materno quiere dejarle la herencia a mi hija un vivienda y dinero, yo como tutora de la niña si ella necesitará de ese dinero antes de los 18 años podría hacer uso de el para facilitarle lo que necesite?

    • Equipo Comunicación
      11 junio, 2018

      Buenos dias:

      El dinero podría disponerse, siempre que sea en beneficio de la menor y por sus propias necesidades. Para poder disponer de la vivienda, necesitaría ir a un procedimiento judicial de autorización de venta de bien de menor.
      Un cordial saludo

  • 5 septiembre, 2018

    Hola,
    si un niño hereda unos bienes (inmuebles y algo de dinero por ejemplo) pero su madre en el testamento pone que no puede disfrutar de ellos hasta que cumpla los 18 años (y escluye a su marido del testamento), pero tiene que aceptar la herencia en un plazo de 6 meses y hacerse cargo de los gastos (plusvalia, impuestos de sucesión, gastos de notaria).
    Quien debe hacerse cargo de estos gastos?? No podria el menor utilizar algo del dinero dejado por su madre para poder hacer frente a estos gastos? O es el padre que debe pagar por todo aun estando excluido de dicho testamento?
    Muchas gracias por su ayuda

    • Equipo Comunicación
      6 septiembre, 2018

      Buenos dias:

      El hecho de que el padre haya quedado excluido de la herencia, no implica para nada que el mismo no pueda seguir ejerciendo la patria potestad con respecto de su hijo, lo que conlleva por tanto poder realizar en nombre de éste todas las actuaciones de representación y administración de los bienes que le atribuye la Ley.

      Un saludo

  • 23 septiembre, 2018

    Hola
    Tengo dos hijos de 16 y 13 años y son herederos de su tía fallecida. Heredarán unos veinte mil euros cada uno más o menos. Ese dinero no lo pueden tocar hasta que no cumplan los 18 años? O como funciona. Y en madrid habría que pagar mucho por esa cantidad?
    Muchas gracias

    • Equipo Comunicación
      24 septiembre, 2018

      Buenos dias:
      Sus hijos no podrán disponer de ese dinero, por si solos, hasta que cumplan la mayoría de edad o estén emancipados. Mientras tanto, si tuvieran necesidad de disponer de dicho dinero, deben ser los padres los que lo hagan como representantes legales del menor. Deben tener en cuenta que el uso que se de al dinero del menor debe ser siempre por necesidad y en beneficio de éste, ya que si se dispone del dinero en perjuicio del patrimonio del menor, cuando cumpla los 18 años, podría exigir responsabilidades a los padres por la negligente administración de su dinero.
      Un cordial saludo

  • 13 mayo, 2019

    Una duda, un familiar murió hace unos días el no dejó ningún testamento el tiene 2 hijos uno es mayor de edad y el otro no en este caso que se debe hacer?

    • Equipo Comunicación
      13 mayo, 2019

      Buenos días:
      Lo primero que habría que hacer es tramitar la declaración de herederos, la cual podría firmarla solo el hijo mayor de edad sin problema. Posteriormente, habría que firmar la adjudicación de herencia, para lo cual es preciso saber si el menor tiene padre,madre o tutor. Si no hubiera ninguno de los tres, habría que nombrarle un defensor judicial para ello.
      Quedamos a su disposición y le ofrecemos nuestros servicios para lo que precisen.
      Un cordial saludo

  • 25 mayo, 2019

    Yo tengo un nino menor de edad su padre fallecio pero tanto el padre como sus hermanos tienen una casa. la cual Los tios de mi hijo la vendieron y no le dieron ninguna parte de esa venta a mi hijo ni tampoco se nos informo todo esto porque tanto mi hijo como yo estabamos fuera del pais. Mi duda esto es legal ? Simplemente no darle parte de la herencia?

    • Equipo Comunicación
      27 mayo, 2019

      Buenas tardes:
      Evidentemente la actuación de los familiares de su marido no es legal. Si su marido era copropietario de la vivienda por cualquier título de adquisición, su hijo debía percibir lo que le correspondiera.
      De todas formas, resulta extraño que hayan podido formalizar la venta e inscribirla en el Registro de la Propiedad sin haber contado con la parte de su hijo, por lo que sería conveniente conocer mas datos, sobre todo en cuanto al título de propiedad que su marido tenía respecto a la dicha vivienda (herencia, compra, donación, etc)
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que estime oportuna, indicándole que puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico: info@herenciastramitacion.com, donde podrá enviarnos la documentación que estime oportuna.
      Un cordial saludo

  • 31 mayo, 2019

    Mi cuñada ha muerto y dejado en testamento su herencia a mis dos hijas de tres años ( mellizas ) pero ha dejado como administradores a mi suegra y el novio de mi suegra, mi suegra quiere gastar ya de ese dinero, yo creo que ese dinero que quiere gastar es de mis hijas y no puede hacerlo. Que opinan ustedes, puede gastar ese dinero mi suegra cuando en el testamento mi cuñada pone como herederas a mis dos hijas ? Siendo mi suegra administradora de mis dos hijas .

    • Equipo Comunicación
      3 junio, 2019

      Su suegra está solamente habilitada para administrar el dinero, y la utilización del mismo solo podrá hacerse única y exclusivamente en beneficio de las menores y cuidando de su interés, por lo que si dispusiera de ese dinero a título personal o de manera negligente, usted, como padre de las niñas, podría reclamar judicialmente el cese de la administración y el resarcimiento de los daños y perjuicios que hubiera provocado.
      Un cordial saludo

  • Javier Cid
    1 junio, 2019

    Mi cuñada ha puesto como herederas en su testamento a mis dos hijas de tres años ( mellizas) y como administradores a mi suegra y su novio, mi cuñada ha fallecido y mi suegra como administradora quiere empezar a gastar de ese dinero, y conociendo como conozco Ami suegra cuando mis hijas alcancen la mayoría dé edad ya se habrá gastado todo el dinero que mi cuñada dejo en herencia a mis dos hijas , la pregunta es si mi suegra puede hacer eso ? Gracias.

    • Equipo Comunicación
      3 junio, 2019

      Su suegra está solamente habilitada para administrar el dinero, y la utilización del mismo solo podrá hacerse única y exclusivamente en beneficio de las menores y cuidando de su interés, por lo que si dispusiera de ese dinero a título personal o de manera negligente, usted, como padre de las niñas, podría reclamar judicialmente el cese de la administración y el resarcimiento de los daños y perjuicios que hubiera provocado.
      Un cordial saludo

    • 27 junio, 2021

      La cuestion que la deuda de embargo es de un hermano y el embargo es en la casa de mi padres por avalar mi padre la vivienda para mi hermano pedir un prestamo

  • 12 junio, 2019

    Buenos días el padre de mi hijo menor de edad falleció hace 2 años y dejo varios inmuebles alquilados , vehículos y cuentas bancarias así cono 2 negocios funcionando .El tenía su esposa y dos hijas mayores las cuales quedaron a cargo de todo .Hasta la fecha no han declaración sucesoral pero ya han movido y cerrado las cuentas bancarias a nombre del difunto. Cambiaron los nombres de los 2 negocios haciendo otros registros pero en la misma propiedad , también dispusieron de lo vehículos todo eso sin darle ninguna participación a mI hijo.Yo lo único que podido hacer en a través del tribunal de menores gestionar la declaracion de herederos que ya salio pero no he podido hacer más nada.

    • Equipo Comunicación
      13 febrero, 2020

      Buenas tardes:
      Lo que nos indica, nos plantea varias dudas, ya que si no se tramitó la herencia, su tío no podía haber vendido nunca bienes que estuvieran todavía a nombre de su padre, y si por el contrario si se hubiera tramitado la herencia, y los bienes estuvieran a nombre de usted, siendo menor, no podría haberlos vendido sin una autorización judicial. En cuanto a lo que le hizo firmar, si usted puede probar que hubo una administración desleal de los bienes, si podría reclamarle aun, ya que usted en el momento de la firma desconocía las irregularidades.
      Un cordial saludo

      • 3 mayo, 2020

        Hola. Mi sobrina ha perdido a su padre. El actualmente tenía un hijo con otra pareja sin estar casados. Lo cual son los 2 hijos los herederos. Como se hace para el disfrute de la vivienda si ambos son menores de edad.? Gracias

        • Equipo Comunicación
          4 mayo, 2020

          Buenos dias:
          Sería conveniente saber si el fallecido era el único propietario de la vivienda, o si hay mas propietarios, y si alguno de los dos menores ya vivía en dicha vivienda antes del fallecimiento.
          Un saludo

      • 9 noviembre, 2020

        Buenas noches, le quería consultar lo siguiente:
        Mi padre falleció el al momento del divorcio con mi mamá no realizó partición de los bienes. Eso quedó así.
        Con el tiempo el tiene un hijo con otra persona actualmente menor de edad. Al fallecer papá mis hermanas mi madre y yo acordamos que el apartamento donde ha crecido el niño se lo dejaríamos aunque este firme parte de la comunidad conyugal de mi padre y madre en su momento.
        Mamá acordó que los bienes de papá se venderían y se repartirán sólo entre los 4 hijos. Esto no se ha completado por toda la situación. Actualmente Yo soy la única hermana que queda en el país. la madre del menor me está solicitando manutención ¿Estoy legalmente obligada a asumir esto?

        • Equipo Comunicación
          10 noviembre, 2020

          Buenos dias:
          No, usted no está obligada a pagar ningún tipo de manutención. Si el menor tiene derechos hereditarios a su favor, la madre deberá iniciar los trámites para que esa herencia se pueda repartir y el menor recibir lo que le corresponda, pero mientras tanto usted no tiene que pagar nada.
          Un cordial saludo

  • 31 julio, 2019

    Dos hermanos perdieron a su madre siendo menores. Sus padres acababan de divorciarse. La madre dejó establecido en su testamento que su hermana pasara a ser la tutora de los dos niños, y que cuidara de las propiedades que les correspondían a éstos por parte materna hasta que cumpliesen los 25 años. La pregunta es: ¿Tienen los hijos que esperar forzosamente a esa edad para disponer y vender, si lo desean, las propiedades inmuebles, o pueden hacerlo en cuanto lleguen a la mayoría de edad legal, es decir, a los 18 años?
    Muchas gracias.

    • Equipo Comunicación
      8 agosto, 2019

      Buenos dias:
      Lo ideal sería poder analizar los términos exactos del testamento, el cual si lo estima oportuno nos puede remitir por correo electrónico. No obstante, si podemos indicarle que el nombramiento de tutor y su alcance, solo llegaría hasta la mayoría de edad de los hijos, momento a partir del cual ellos estarían capacitados, excepto de que una Sentencia de incapacitación dijera lo contrario, para gobernar su persona y bienes. Por ello le indicamos que es tan importante conocer el testamento, ya que es la única manera de saber si existe una administración de bienes legalmente constituida o no.
      Un cordial saludo

      • 24 marzo, 2020

        hola, mi vecino falleció, y su único heredero es su hijo de 13 años, el dejó una acreencia por honorarios profesionales, cuando podría este menor cobrar dicho crédito? í8

        • Equipo Comunicación
          28 marzo, 2020

          Buenos dias:
          El crédito, al ser un bien de la herencia, puede adjudicárselo el menor a través de su tutor, y en caso de que no lo tenga, a través de un defensor judicial que nombre el Juzgado para ello. Una vez adjudicado, se puede reclamar al deudor.
          Un cordial saludo

    • 30 abril, 2021

      Hola. El padre de mi hijo falleció hace dos años y la hipoteca de la vivienda que mi hijo heredó (y ya figura a su nombre en el registro) sigue a nombre de su padre, así como la cuenta vinculada a ella, que nadie puede ver. Esta situación se ha producido porque el banco no quiere poner a mi hijo como titular del préstamo por ser menor. Me dicen ahora por escrito contestando a mi reclamacion: «debido a que el heredero es menor, no se puede cambiar la titularidad del mismo y tendría que ser su tutor legal quien solicitará el cambio a través de una subrogacion». ¿Qué quiere decir esto, que me la subrogue yo a mi nombre como me han dicho alguna vez, lo cual entiendo que no tengo por qué hacer pues la hipoteca no es mía, o que solicite la subrogacion como tutora para ponerlo por fin a nombre del niño, lo cual tampoco entiendo pues ya he manifestado muchas veces que es lo que quiero hacer?

      • Equipo Comunicación
        30 abril, 2021

        Buenos dias:

        Usted, como tutora de su hijo, puede solicitar en nombre de él la subrogación para que la pongan a nombre de él. pero nunca pueden obligarla a que conste usted como titular de la hipoteca.

        Un cordial saludo

  • 28 agosto, 2019

    Existe un juicio sucesorio en el cual los herederos menos uno, por ser menor de edad, realizaron la cesión de derechos hereditarios a la hermana del de cujus y esta vendió la propiedad y ahora existe una hipoteca sobre esa propiedad es válida esa hipoteca? Que se puede hacer para sacar de la hipoteca la parte que le corresponde al menor de edad?

    • Equipo Comunicación
      29 agosto, 2019

      Buenos dias:
      Habría que aclarar algunas dudas que nos genera su consulta, ya no nos cuadra como se pudo vender la propiedad sin que el representante legal del menor aceptara. En todo caso, si no hay mas bienes y solo existe la deuda de la hipoteca, lo mas conveniente sería renunciar a la herencia, lo cual le indicamos con todas las cautelas, al no conocer plenamente los detalles del asunto.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que estime oportuna, un cordial saludo

      • 13 agosto, 2020

        Muy buenos días mire el papá de mis hijos falleció ase 10 meses mis hijos heredadon casa y vehículo pero nosotros teníamos guardado dinero en una empresa bancaria y me dicen k no lo puedo retirar ni a ser nada y yo soy la madre y estoy con mis hijos y ese dinero se necesita justamente para mis hijos k procedimiento tendría k a ser por favor gracias

        • Equipo Comunicación
          17 agosto, 2020

          Buenos dias:
          El problema que usted tiene, es que el banco puede bloquear la cuenta bancaria mientras que no se le presente la adjudicación de herencia de su esposo y la liquidación del impuesto de sucesiones.
          Para poder tener acceso al dinero, tendrían que tramitar la aceptación y adjudicación de herencia y presentar la liquidación del impuesto de sucesiones, con lo que ya el banco no podría ponerles ningun problema.
          Le ofrecemos nuestros servicios para asesorarle y ayudarle en toda los trámites que hay que realizar.
          Un cordial saludo

  • 20 septiembre, 2019

    Hola mi pregunta es la siguiente:
    El padre de mi hijo fallecio antes de recibir una herencia. y no estabamos casados. Mi hijo es menor de edad.Puedo ser su representante o tutora de una herencia en dinero que le corresponde a mi hijo?Ya que su abuela paterna quiere mi firma ya que ella quiere ser la tutora y me dijo que ella solo puede hacer la posesion efectiva de la herencia.Si ella representa a mi hijo puede haber una clausula en donde en el momento que se reciba la herencia se me transfiera el dinero?Por que yo no estoy de acuerdo disponga como administrar el dinero de la herencia de mi hijo.
    Espero su pronta respuesta.

    Atentamente Gracias

    • Equipo Comunicación
      27 septiembre, 2019

      Buenas tardes:
      Usted como madre, tiene la patria potestad de su hijo hasta su mayoría de edad, por lo que solo a usted le correspondería tomas las decisiones sobre el patrimonio de su hijo, siempre y cuando sea para adquirirlo, pero no para venderlo, para lo que necesitaría una autorización judicial.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que estime oportuna, un cordial saludo

  • 20 octubre, 2019

    Hola, mi pareja tiene un piso en propiedad con hipoteca que lleva asociado un seguro de vida. Ahora vamos a comprar juntos un piso (con hipoteca) y el seguro de vida se hará a mi nombre. Tenemos dos hijos menores en comun y tenemos pensado casarnos en unos meses tras la compra del piso. Mi duda es , si él falleciera entiendo que los niños son los herederos pero ¿yo podria vender ese piso con hipoteca y usar el dinero del seguro para amortizar hipoteca de la nueva vivienda que sera vivienda habitual de los cuatro (mipareja, mis hijos y yo)?

    • Equipo Comunicación
      21 octubre, 2019

      Buenos dias, para poder darle una respuesta lo mas exacta posible, sería necesario conocer el condicionado de la póliza de seguro, ya que normalmente el capital que se recibe del seguro está vinculado irremediablemente a la cancelación de la hipoteca de la vivienda sobre la que se contrata, al ser una obligación impuesta por el Banco que concede la hipoteca.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que estime oportuna, un cordial saludo

  • 24 octubre, 2019

    Buenos días,mi hijo menor de edad va a recibir una donación de un piso que su abuela quiere regalarle,y yo seré su administrador hasta que sea mayor de edad,o sea yo firmare la aceptacion de dicha donación y mi pregunta es que como yo tengo un embargo le puede afectar a lo que va a recibir mi hijo por yo ser su administrador?

    • Equipo Comunicación
      24 octubre, 2019

      Buenas tardes:
      Si la donación es únicamente en favor de su hijo, la titularidad corresponderá exclusivamente a él, de forma que no le pueden afectar posibles embargos que usted tuviera, aunque sea su administrador. Puede usted estar tranquilo respecto a esta cuestión.
      Un cordial saludo

    • 9 diciembre, 2019

      Hola mi pareja fallecio hace 20 dias,viviamos juntos si estar casados,ni pareja de echo!tiene varias propiedades y parte en empresas familiares,que herederia mi hija de 5 años?que pasara??

      • Equipo Comunicación
        10 diciembre, 2019

        Buenos días:
        Efectivamente, si su hija es la única descendiente del fallecido, y si el mismo no hizo un testamento que ordenara otra cosa, ella será la heredera universal de su padre y por lo tanto la titular de todos los bienes que el mismo poseyera. Hasta que la misma no sea mayor de edad, usted, como su representante legal, deberá aceptar en su nombre la herencia, y ejercer las funciones de administradora de todos esos bienes.
        Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que estime oportuna, le ofrecemos nuestros servicios para asesorarle en lo que precise.
        Un cordial saludo

  • 26 octubre, 2019

    Si un menor de edad hereda una empresa (y no esta inscrita en el registro mercantil), pero esta, durante el tiempo de que aun es menor, contraiga deudas (sin que él lo sepa), será el menor el que tendrá que responder con esas deudas cuando sea mayor de edad?

    • Equipo Comunicación
      31 octubre, 2019

      Buenas tardes:
      Seria conveniente saber de que manera se ha adjudicado en la herencia esa empresa, por ejemplo si ha recibido las participaciones sociales o no hay constituida sociedad, si hay mas socios, quien es el administrador, etc
      Un saludo

  • 29 octubre, 2019

    Ok gracias, y otra consulta el día de la firma tienen que ir donante y donatario juntos o puede un día uno y otro día otro,porque no me llevo con esa persona y sería desagradable verla.

    • Equipo Comunicación
      31 octubre, 2019

      Podría hacerlo mediante un poder, o tratarlo directamente con la Notaria para prepararlo todo de manera que usted no tuviera que ver a la otra persona.
      Un saludo

  • 11 noviembre, 2019

    Buenos días, mi madre falleció hace 15 años en un accidente de tráfico y del cual el seguro de la otra parte en concepto de indemnización nos dio a mis hermanos y a mi una importante cantidad de dinero, dinero que al ser menores recibió nuestro padre en representación legal nuestra.
    Después de tantos años nuestro padre no nos ha dado nada, siendo nuestra relación bastante tensa con él, además en el momento del accidente nuestros padres estaban separados.
    ¿Hay alguna manera de reclamarle ese dinero? En caso de que se lo haya gastado ¿es legal?

    • Equipo Comunicación
      12 noviembre, 2019

      Buenos días:
      La titularidad del dinero, aunque ustedes fueran menores, era suya, y su padre sobre el mismo solo tenía facultades de administración, pero nunca de disposición.
      Por lo tanto, si su padre lo administró mal, o incluso se lo gastó, ustedes podrían reclamarle su responsabilidad y pedirle que se lo devolviera.
      Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que estime oportuna, y le ofrecemos nuestros servicios para lo que precisen.
      Un cordial saludo

  • 16 diciembre, 2019

    hola,buenas noches,les cuento,eramos 4 hermanos,crecimos en un hogar,una hermana fallecio cuando tenia 9 años soy su unica hermana de sangre ,mis medios hermanos y yo eramos menores de edad en ese entonces , estabamos supuestamente a cargo de un juez,pero antes de que ella falleciera una señora estaba tramitando nuestra adopcion,mi duda es,¿ quien pudo haber cobrado el seguro de vida de mi hermana? Esto paso hace 24 años y siempre tuve la duda de eso.
    Estuve preguntando algunas de las maestras de ese hogar pero ninguna me habla del tema,siento que me evitan para hablar de eso.
    LLevo 24 años sin poder dejarla descansar,porque es un tema muy particular,en su partida de desfunsion firmo un señor que murio ese mismo dia,y esta enterrado con ella en su misma parcela municipal. hay muchas cosas que no me cierran y no tengo quien pueda profesionalmente ayudarme. Les agradeceria solo si pudiesen contestar esa pregunta. No me interesa el dinero,quiero saber que paso,quien se quedo con algo que no le pertenecia. Gracias

    • Equipo Comunicación
      16 diciembre, 2019

      Buenos dias:
      En casos como el que nos plantea, el problema que hay es que ha pasado mucho tiempo desde que ocurrieron los hechos, y en aquella época el control de todo ello no estaba tan regulado como ahora. La cuestión principal sería poder saber que entidad de seguros era la que supuestamente debia haber abonado el importe del seguro, pero dicho dato, excepto que usted lo conociera, es muy difícil saberlo ahora, ya que los datos que se encuentran disponibles en el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, están disponibles solo por un plazo de 5 años desde la fecha de la defunción.

    • 6 abril, 2020

      Hola una consulta mi señora fallece y tenemos un hijo menor (estabamos casado legalmente) yo puedo vender el vehiculo esta a nombre mio y de mi señora fallecida

      • Equipo Comunicación
        6 abril, 2020

        Buenos dias:
        En teoría no podría hacerlo, ya que para vender un bien ganancial tendrían que firmar los dos cónyuges, lo cual este caso y desgraciadamente, no es posible. Al haber fallecido su esposa, Lo lógico sería adjudicar la herencia, liquidar la sociedad de gananciales, y una vez que usted sea ya el único propietario del vehículo, venderlo.
        Lo explicado es lo teórico, en la práctica puede haber otras soluciones.
        Un cordial saludo

  • 8 enero, 2020

    Hola,
    En caso de fallecer uno de los progenitores de un menor, ¿el otro progenitor puede nombrar un gestor o qué opciones hay para saber que su hijo quedará protegido?
    En caso de fallecimiento de los progenitores de un menor y de no haber en el entorno alguien fiable 100% para que los progenitores le nombren como gestor, ¿qué otras opciones hay para que la herencia del menor esté protegida?
    Gracias

    • Equipo Comunicación
      15 enero, 2020

      El progenitor que quede vivo, tiene la patria potestad de su hijo, y por lo tanto podrá realizar todas las actuaciones que sean precisas para asegurar la herencia del menor.
      En el caso de que los dos progenitores fallezcan, al menor se le deberá nombre un tutor por via judicial, de manera que dicha persona vele por sus intereses.
      Un cordial saludo

  • 14 enero, 2020

    Buenos días, le cuento mi caso:
    En mi ciudad falleció un señor que dejo una casa como herencia a su nieto menor de edad.
    La madre del menor de edad me ha vendido la casa con notario mediante y los documentos que los notarios hacen para estos casos de compra venta.
    Ahora me entero que esta mujer está en busca y captura por «malvender» la herencia de su hijo menor de edad.
    Mi duda es: ¿he adquirido esa casa legalmente? ¿pueden reclamarme la casa o puedo perder el dinero que ya le he entregado a la madre del menor?
    Un saludo y gracias.

    • Equipo Comunicación
      15 enero, 2020

      Buenas tardes:
      La madre no pudo vender la casa propiedad del menor ante Notario, sin que tuviera autorización judicial de venta para ello, lo cual tuvo obligatoriamente que comprobar el citado Notario. Si ello fue asi, su casa estaría adquirida legalmente y los terceros solo podrían reclamar en todo caso a la madre, ya que usted es un tercero de buena fe.
      Un cordial saludo

  • 23 enero, 2020

    Mi pareja a fallecido tenemos 2 hijos menores el tenía 3 más mayores de edad y con vidas echas nosotros lo único q teniamos era un coche q estaba a su nombre nos lo compramos ase poco era nuestra ilusión l pregunta es dos de los mayores de edad renuncian a el x ser nuestro más k nada tienen k renunciar todos asta llegar a los míos?

    • Equipo Comunicación
      27 enero, 2020

      Buenos dias:
      Para que los anteriores hijos de su pareja no tengan derecho alguno sobre el coche, deberían renunciar ante Notario a la herencia de su padre, de manera que el vehículo se lo pudieran adjudicar sus dos hijos. Esto sería asi, siempre y cuando su pareja estuviera divorciado de su anterior matrimonio y no hubiera hecho testamento dejando algún otro heredero, ya que si no estuviera divorciado o hubiera mas herederos, deberían renunciar también su expareja y lo otros posibles herederos.
      Un cordial saludo

  • 12 febrero, 2020

    Le cuento mi caso:
    Mi padre falleció en 1997 cuando yo tenía 3 años, mi madre en ese momento no quiso hacerse cargo de la herencia (por el dolor del momento) por lo que le dio el poder de tutor de bienes al hermano de mi padre. Mi padre tenía coches 2 casas y un terreno y según cuenta mi tio, vendió una casa, los coches y el terreno para pagar deudas que se supone tenía mi padre y poder salvar la casa más grande. A los 18 años mi tio me hace firmar un documento en el que me entrega la casa y donde dice que no puedo reclamar nada en el futuro, sin embargo, ahora a mis 26 años por cosas que me he enterado dudo de que no se haya beneficiado de mi herencia. Por otra parte quería saber si el era tutor de mi herencia, ¿ tenia mi tio la obligacion de pagar por mi manutencion durante mi niñez?, la casa que salvo vivía mi abuelo y recibia alquileres (nunca me dieron nada de esos alquileres ). ¿Puedo reclamar ahora o poner una demanda aunque firmara el documento en el cual me comprometia a no poder tomar acciones judiciales? Ya han pasado 8 años desde mi mayoria de edad.

    • 11 junio, 2021

      Buenas tardes quisiera preguntarle mi hijo es heredero de mi difunto esposo mi hijo es menor de edad. El padre dejo una vivienda pero no dejo testamento como no tenía yo donde vivir el padre dejo que mi hijo viva en la casa pero sus hermanos quieren cambiarle la cerradura a la puerta para que yo no pueda entrar. Ellos tienen su casa que le dejo su madre antes de morir y el padre de mi hijo construyó la casa detrás de la de ellos. Ahora ellos pueden cambiar la cerradura de la casa donde vive mi hijo que es la casa de su difunto padre. Espero me puedan ayudar con este caso explicándole que puedo hacer

      • Equipo Comunicación
        14 junio, 2021

        Buenos dias:
        Si la casa era titularidad del padre, los hermanos no pueden echar a su hijo de la misma, ya que al ser el único heredero por no haber testamento, pasará a ser de su propiedad cuando tramiten la herencia del padre.
        Le recomendamos que tramite la herencia lo antes posible para que una vez que la casa esté a nombre de su hijo, los hermanos no puedan reclamar nada. Si los hermanos cambian la cerradura deberán ustedes denunciarlos ya que eso sería ilegal sin que un Juez lo ordene.
        Un cordial saludo

  • 13 febrero, 2020

    Tengo una hija de 13 años estoy separada y el piso en el que vivo la mitad es mía y la otra mitad de mi suegra. Ésta ha fallecido y en el testamento le deja su parte a mi hija y a sus otros dos nietos, uno es menor de edad y el otro no. Mi pregunta es: tengo que pagar el impuesto?? Vivo en Galicia … y me pueden obligar a vender el piso??

    • Equipo Comunicación
      13 febrero, 2020

      Buenas tardes:
      Usted tendrá que tramitar la herencia de su hija, si es menor de edad, y aunque tendrá que liquidar el impuesto de sucesiones, no habrá que pagar en cuanto el mismo está bonificado hasta un millón de euros.
      En cuanto al piso, las otras nietas que reciban una parte del mismo, lo que podrán pedir será la extinción del proindiviso que tienen con ustedes, por lo que lo mas recomendable sería que llegara a un acuerdo para quedarse su parte.
      Un cordial saludo

  • 16 abril, 2020

    Buenas tardes, he renunciado a mi parte de un piso de mis padres fallecidos, y el notario no me preguntó si yo tenías hijos. Mis padres añadieron en el testamento que en caso de fallecimiento mio o renuncia mia hereda mis hijos si los tuviera y eso es lo que ha sucedido sin yo tener esa información. Y mi hija es menor de edad, tiene siete años. El notario no me informó. Puedo hacer algo, denunciarlo por ejemplo para revocar mi renuncia. Gracias.

    • Equipo Comunicación
      20 abril, 2020

      Buenos dias:
      Su hija debió sustituirle a usted en los derechos que le correspondieran en la herencia, con lo que si la misma se tramitó sin su hija, podrán pedir la nulidad de la misma para que la incluyan.
      Un cordial saludo

    • 4 junio, 2020

      Buenos días. Mi suegro falleció y mi mujer quiere renunciar a la herencia. Nos han dicho que por el testamento pasaría su parte a nuestra hija de 6 años. Mi pregunta es si cuando cumpla la mayoría de edad, ella puede renunciar también a dicha herencia? O se hace efectiva ya con esa edad? Pues hay bastantes deudas que pagar y también hay inmuebles con los que hacer frente a dichos pagos, pero lo que no hay es efectivo para hacerles frente a esas deudas.

      • Equipo Comunicación
        5 junio, 2020

        Buenos dias, para darle una respuesta lo mas exacta posible, sería necesario saber si en el testamento se establecía la posibilidad de sustitución expresa en caso de renuncia en favor de los nietos
        Un cordial saludo
        Fdo. Alberto Fresneda

  • 17 abril, 2020

    Una duda, la vecina de atrás de mi casa está a punto de morir y el padre de su hija de 6 años ya murió hace tiempo, ella se volvió a casar y quiere que su marido sea el heredero de sus bienes y que su propia hija se quede sin nada. Tengo la duda de si se puede hacer eso.

    • Equipo Comunicación
      20 abril, 2020

      Buenos dias:
      Dejar a su hija sin nada, no es posible, ya que para ello tendría que desheredarla y las causas de desheredación son muy tasadas, con lo que habría que ver si desntro de las causas existentes se podría aplicar alguna.
      En caso de que no se le pueda desheredar, cabría la opción de dejarle a la hija lo mínimo posible, que en este caso sería la legítima.
      Un cordial saludo

    • 17 marzo, 2021

      buenas tardes.
      Mi padre fallecio hace mes y medio, somos 4 hermanos y mi madre. Tambien hay 4 nietos ( de 2 hermanos). No hay hecho testamento. Los 4 hermanos y mi madre hemos hecho renuncia de herencia en notaria, porque solo hay deudas muy elevadas con diversos acreedores, incluidas administraciones publicas. Esas deudas pasaran a los menores? O al renunciar nosotros ya auedan excluidos tambien ellos? O en el caso que pasan a ellos, pueden ir a por los menores? O pueden esperar a tener 16 años y renunciar ellos? ( tienen 7 y 11 años)
      Gracias

      • Equipo Comunicación
        4 abril, 2021

        Buenas tardes:
        Para evitar que las deudas pasen a los menores, al momento de hacer la renuncia a la herencia, hay que hacerlo de manera que expresamente se recoja dicha circunstancia, con lo que si han advertido al Notario dicho hecho, la renuncia se debería haber hecho correctamente.
        Un cordial saludo

  • 11 agosto, 2020

    Hola, si un padre por orden judicial pierde la patria potestad, sus hijos tienen derecho a heredar su patrimonio? Gracias

    • Equipo Comunicación
      17 agosto, 2020

      Buenos dias:
      El hecho de la pérdida de la patria potestad no tiene nada que ver con los derechos hereditarios de los hijos, por lo que éstos pueden y deben heredar lo que les corresponda.
      Un cordial saludo

  • 26 agosto, 2020

    Hola buenas tardes,
    El papá de mis hijos falleció hace 6 meses, dejo testamento y todo solo que mis hijos son menores de edad 16 y 14 años y les dejo acciones de una empresa y me asigno a mi su tutora y administradora de sus bienes en el testamento, aún no se ha llevado a cabo la sucesión de bienes.
    El albacea la empresa le estaba pagando una mensualidad x el tema de las acciones y de ahí nos daba la pensión alimenticia. Pero este mes la empresa le retiro ese ingreso y yo no nos dio la pensión.
    Que se puede hacer?

    • Equipo Comunicación
      27 agosto, 2020

      Buenos dias:
      Al fallecer el padre de sus hijos, la empresa ya no puede pagarle lo que le corresponda por sus acciones a él, sino que tendrá que hacerlo a quien o quienes por herencia sean los nuevos titulares de esas acciones. Para que sus hijos sean los nuevos titulares y puedan cobrar lo que le correspondía a su padre por las acciones, deberán tramitar la adjudicación de herencia, de manera que puedan probar a la empresa que ya son los nuevos titulares de las acciones y asi ésta les abone lo que les corresponda.
      Le ofrecemos nuestros servicios para asesorarles en la tramitación de la herencia, para que puedan hacerlo de la forma mas rápida y económica posible.
      Un cordial saludo

    • 15 octubre, 2020

      Mi hermano fallecio estaba divorciado con dos niños menores no tenia bienes pero si tenia deudas una de ellas a la seguridad social ,se puede renunciar a las deudas? Q se puede hacer para no pagarlas y a quien le pertene en casa de tener q pagarlas

      • Equipo Comunicación
        15 octubre, 2020

        Buenas tardes:
        Sería conveniente saber si su hermano tenía o no testamento, y en caso afirmativo, su contenido.
        No obstante, indicarle que no se puede renunciar solo a las deudas de la herencia, se puede renunciar a la herencia pero ello sería tanto para las deudas, como para los bienes que haya. Cabe la posibilidad de renunciar a beneficio de inventario, lo que supondría que al final se recibiría solo lo que quedara en la herencia una vez que se pagaran las deudas.
        En caso de que no se renuncia a la herencia, las deudas serían para los herederos, en este caso los hijos de su hermano.
        Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que estime oportuna.
        Un cordial saludo

  • 19 septiembre, 2020

    Buenos días!!!
    Mi hija falleció sin dejar testamento pero si dejo 2 seguros de vida y como herederos legítimos mis 3 nietos. Como tutor legal quedó su ex pareja y padre de los niños. No a tardado ni 6 meses en meterle mano al dinero que les dejo para su futuro. Que tendría que hacer para evitar que se funda ese dinero hasta la mayoría de edad de mis nietos. Puedo defender su herencia y quitarle la potestad para proteger a mis nietos como abuela materna? Creo que la ley dice que un progenitor tiene que mantener y proteger a sus hijos y no un hijo mantener a su progenitor.

    • Equipo Comunicación
      21 septiembre, 2020

      Buenos dias:
      Del dinero que esté a nombre de los nietos, no puede disponer el padre excepto que justifique expresamente que es en beneficio de ellos, pero nunca puede emplearlo en otras cuestiones que no sean expresamente para los hijos, y por tanto nunca en su propio beneficio.
      Si lo hubiera hecho y se pudiera demostrar, se le podrían pedir responsabilidades e incluso retirarle la patria potestad con nombramiento de un nuevo tutor para los niños.
      Le ofrecemos nuestros servicios para asesorarle y ayudarle en todo lo que necesite en esta cuestión.
      Un cordial saludo

  • 15 octubre, 2020

    Mi hermano fallecio estaba divorciado con dos niños menores no tenia bienes pero si tenia deudas una de ellas a la seguridad social ,se puede renunciar a las deudas? Q se puede hacer para no pagarlas y a quien le pertene en casa de tener q pagarlas

  • 19 noviembre, 2020

    Buenas tardes,
    Mi madre fallecio y dejo deuda con AEAT que estan reclamando, estamos tramitando la renuncia de herencia pero me dicen que los niños(nietos) menos de 16 años es con una autorizacion judicial, mi pregunta es si podemos renunciar sin niños y que concecuencias puede tener, muchas gracias.

    Saludos

    • Equipo Comunicación
      25 noviembre, 2020

      Buenos dias:
      Necesitariamos saber si su madre dejó testasmento o no, ya que dicho dato es fundamental, en cuanto en un caso o en otro, las consecuencias para sus hijos en caso de renuncia son distintas. El problema que existe, es que si hubiera testamento en el que se nombran sustitutos y ustedes renuncian, lo que les correspondiera a ustedes, pasaría directamente a sus hijos, incluidas las deudas, con lo que si sería necesario el nombramiento de un defensor judicial para la renuncia de los nietos.
      Un cordial saludo

  • 21 noviembre, 2020

    Buenos dias:
    Mi hija de 7 años 11meses heredó la casa de mi tío, que se hace en este caso ya que dicen que no puede heredar hasta abrir el testamento y ya se repartieron todo lo que había adentro de la casa alegando que mi hija tenía solamente la casa pero vacía.

    • Equipo Comunicación
      25 noviembre, 2020

      Buenos dias:
      Para darle una respuesta lo mas exacta posible, sería necesario conocer el contenido del testamento, en cuanto que una cosa es la vivienda en si, y otra cosa los muebles, enseres y ajuar del fallecido.
      Si lo desea, nos puede mandar el testamento al email: info@herenciastramitacion.com, y le podremos dar una contestación mas concreta.
      Un cordial saludo

  • 27 noviembre, 2020

    Buenos dias; mi consulta es ¿ mi mamá dejo en herencia una casa a mis hijas y yo quede como tutora, pero tengo deudas bancarias, seria posible que el banco embargue la casa la cual administro hasta que mis hijas sean mayores de edad?

    • Equipo Comunicación
      30 noviembre, 2020

      Buenos dias:
      No, en ningún caso se podría embargar la vivienda por deudas propias suyas, ya que usted no es titular de la misma, y el hecho de ser tutora no tiene ninguna relevancia a este respecto.
      Un cordial saludo

  • 22 diciembre, 2020

    Hola mi padre murió cuando yo era muy pequeña y me dejó una herencia unas propiedades mi madre quería venderlas y yo siendo pequeña le firme un papel diciendo que yo era menor de edad y le daba permiso para venderlo tengo 21 años y mi madre no me quiere dar la herencia quisiera saber como informarme y si el proceso es muy caro y lleva mucho tiempo?

    • Equipo Comunicación
      28 diciembre, 2020

      Buenos dias:
      Si usted firmó un papel, siendo menor de edad, y dando ese permiso, dicho documento sería nulo, por lo que el mismo no tendría validez. Con solo ese papel, su madre no hubiera podido vender propiedades, o por lo menos, quien las comprara no hubiera podido inscribirlas enn el Registro de la Propiedad, y dudo mucho que firmarlas ante un Notario.
      Por ello, usted podría reclamar sus derechos a su madre, sobre los bienes que no vendiera, y si los vendió, sobre el dinero que recibiera por ellos, ya que aun vendiéndolos, debía conservar el dinero que obtuviera para dárselo a usted.
      Para poder ofrecerle una información mas concreta, necesitariamos saber mas detalles y asi darle las posibles soluciones que su caso tendría, asi como un presupuesto de su posible coste y tiempo que podría tardar.
      Quedamos a su disposición para cualquier duda que pueda tener, y tal vez lo ideal sería poder hablar directamente, para lo que puede llamarnos al 699025043, o bien pedir cita para una consulta presencial.
      Un cordial saludo

  • 28 diciembre, 2020

    soy propietario del 50 % de una vivienda,( mi hermano tiene el otro 50 %) además yo tengo el derecho de uso de 1 habitación
    Quisiera dejar mi herencia a mi nieta, dejando como albacea y un usufructo a mi esposa.
    Seria una forma correcta sin que la familia materna de la niña pudiera beneficiarse de la herencia?

    • Equipo Comunicación
      28 diciembre, 2020

      Si usted deja a su esposa como usufructuaria, es una buena solución para evitar que se pueda disponer de la herencia mientras ella esté en vida, y si su mujer muriera antes que usted, entonces debería cambiar el testamento para establecer otro mecanismo de protección de la herencia de su nieta. También sería conveniente, establecer limitaciones de disposición de la herencia hasta la mayoría de edad.
      Un cordial saludo

      • 19 febrero, 2021

        Mi pareja falleció ya hice todo sobre el testamento de mis dos hijos. Una cuenta en el banco también y tramite para retirarla y el abogado me dio autorización para retirarla. Puedo hacer uso de una parte de ese dinero

  • 5 enero, 2021

    Buenas noches
    Mi hijo menor de edad vivía con su papá al morir le quitaron las llaves y ya no le permitieron sacar nada de la casa dejándolo sin otro cambio de ropa nada
    Mi pregunta es si esto es abuso al menor y si se puede reclamar
    La casa se la dejo a la mamá

    • Equipo Comunicación
      5 enero, 2021

      Buenos dias:
      Si la vivienda suponía el domicilio habitual del menor, no podían haberlo hecho de esa manera. De todas formas, el menor es heredero forzoso de su padre, con lo que tiene sus derechos sobre la herencia, incluida la casa. Otra cosa es que aunque sea heredero de la casa, el usufructo de la misma se lo haya dejado a la pareja actual. Para poder darle mas detalles o ser mas concretos, necesitaríamos poder ver el testamento y el resto de documentación.
      un cordial saludo

  • 13 enero, 2021

    Hola mi suegra a muerto y el hijo que es mi marido murió ace tres año ella murió ace un mes y mi marido tenía deuda cuando murio y ahora el heredero es mi hijo de 5 años si bende la casa de mi suegra la parte del niño se irá a la deuda del padre ayudarme gracias

    • Equipo Comunicación
      14 enero, 2021

      Buenas tardes:
      Existen posibles soluciones que podemos buscar a su situación, pero para ello necesitaríamos tener mas información, por lo que le aconsejo que se ponga en contacto telefónico con nosotros para que podamos ayudarla. Puede llamarnos sin compromiso al teléfono 699025043.
      Un cordial saludo

  • 27 enero, 2021

    El padre de mi hijo (14 años) falleció hace un año y medio.
    Acabo de hacer la declaratoria de herederos (noviembre 2020).
    El abuelo de mi hijo legó un local al padre de la criatura, que a fecha de hoy sigue a su nombre (del abuelo).
    He pedido la CTRBE en el Banco de España y tiene deudas.
    Me han dicho que haga la aceptación y que en el mismo acto registre a nombre del padre y acto seguido a nombre de mi hijo y así no les da tiempo de hacer anotación de embargo.
    En caso de que se enteren, entiendo podrían hacer anotación de embargo?
    Es mejor no aceptarla?
    Puede solicitar la venta para liquidar las deudas?
    Gracias!

    • Equipo Comunicación
      27 enero, 2021

      Buenas tardes:

      Nosotros le recomendamos que si la acepte, si bien hay que hacer los trámites de manera correcta para que no vayan a tener ningún problema, e inscribir todo al mismo tiempo, previa la liquidación de los impuestos de sucesiones uy plusvalía, que se los va a exigir el registro de la propiedad, para poner el local a nombre de su hijo.

      Le ofrecemos nuestros servicios, para asesorarle en toda esa tramitación y liquidación de impuestos, y evitar que tengan ningún tipo de problema.

      Un cordial saludo

  • 19 febrero, 2021

    Message *

    • Equipo Comunicación
      25 febrero, 2021

      Si el dinero está a nombre de sus hijos, usted solo podrá disponer de ese dinero en beneficio e interés de ellos, ya que si no, cuando tengan la mayoria de edad, podrían exigirle responsabilidades por haber usado ese dinero indebidamente.
      Un cordial saludo

  • 19 febrero, 2021

    Mi padre murió y mi hermana y yo, junto con un medio hermano heredamos su patrimonio. nuestro medio hermano era menor y su madre quedo con sus bienes. en este momento mi heramana y yo estamos siendo demandados por un ex empleado de mi padre y queremos saber como vincular a nuestro medio hermano para que también responda por la deuda que mi padre ha dejado. Al parecer la madre de nuestro medio hermano vendió los bienes e hizo un capital mayor con ellos, que pasa en ese caso?. Gracias

    • Equipo Comunicación
      25 febrero, 2021

      Buenos dias:
      Ustedes deberán alegar en la demandada del empleado falta de litisconsorcio pasivo necesario, a fin de que la demanda se dirija también contra el otro heredero. Habrá que ver si al vender los bienes, lo obtenido con la venta se puso también a nombre de su hermano, lo cual hubiera sido lo legal, y si asi fue, tendrá que responder con dichos bienes de la demanda que les han puesto. En caso de que no estés a su nombre, habría que estudiar el caso, ya que podría haber habido fraude de acreedores.
      Un cordial saludo

  • 21 febrero, 2021

    Hola, mi padre falleció hace dos meses y él quería dejarle su casa a mi hija(su nieta) yo tengo 4 hermanos más los cuales no quieren seguir su voluntad ya que no dejo testamento(pero si testigos de que él quería hacer eso) se puede hacer algo?
    Y otra consulta es el a su ex mujer le compro la mitad de la casa que le correspondía a ella (ella es madre de 2 hermanos míos) esa compra se puede utilizar para descontar de la herencia de ellos?

    • Equipo Comunicación
      25 febrero, 2021

      Buenos dias:
      Si no había testamento, ni voluntad por escrito de su padre, no se podría hacer nada, ya que habría que hacer declaración de herederos y todos los hermanos serían nombrados como tales.
      En cuanto a lo de la mitad de la casa, habría que saber si la casa también está puesta a nombre de sus hermanos, ya que se podría considerar una donación, y por tanto exigir que ese dinero se trajera a colación a la herencia de su padre. Si la casa está solo a nombre de su ex, no habría esa posibilidad porque ella no es heredera.
      Un cordial saludo

  • 24 febrero, 2021

    Hola mis abuelos fallecieron y la casa mela heredaron tengo 17 años me faltan 6 meses para cumplir los 18. Mi madre es mi representante legalmente lo entiendo pero la quiere pasar a su nombre yo no quiero eso. Por lo tanto hay disputa entre mis tíos puedo Aser algo para que ni mi madre ni mis tíos tocino mi herencia.

    • Equipo Comunicación
      25 febrero, 2021

      Buenos dias:
      Su madre no puede vender la casa sin solicitar una autorización judicial para ello, por lo que usted se podría oponer a dicha autorización. Aunque lo hiciera sin usted saberlo, no podría tocar el dinero, ya que si lo hace, podría usted reclamarselo.
      Un cordial saludo

  • 25 febrero, 2021

    Buenas noches, estoy en proseso de divorcio y tengo dos hijos menores de 16 y 15 años que no quieren ver a su padre ni en pintura. El amenaza con desheredarlos. ¿Se puede desheredar a un menor?

    • Equipo Comunicación
      26 febrero, 2021

      Buenas tardes:
      Depende de donde viva el padre, si vive en cualquier lugar de España menos en el Pais Vasco, no podría hacerlo, por lo que puede estar usted tranquila. Lo máximo que podría hacer es dejarles únicamente su legítima, pero no desheredarlos, ya que siendo menores no se da ningún motivo para ello.
      Un cordial saludo

    • 19 abril, 2021

      Hola mi niño tiene 7 años y es de condición autista ,su padre falleció en julio del 2020 no eramos casados y tenía un seguro de vida positiva cobertura feliz ,al no haber herencia sacamos una sucesión intestada pero el inconveniente más grande es que el seguro no quiere pagar el monto por que dicen que el beneficiario es menor de edad, me indican que la única forma de hacer el pago es teniendo un documento de tutor legal pero dudo ante tantas negativas por que soy la madre y única tutora como protectora del menor desde siempre

      • 19 abril, 2021

        Aparte otra manera es como sabe sacando una cuenta a nombre del menor pero sin estar mancomunada lo.cual es imposible desde noviembre del año pasado dado que solo es permitido sacar cuentas mancomunados a menores….. me dan a entender que única manera es que mi hijo los 18 que puedo hacer ayuda porfavor

      • Equipo Comunicación
        19 abril, 2021

        Buenos dias:
        Usted como madre, tiene la patria potestas del menor, por lo que podrá aceptar la herencia, y en nombre de su hijo realizar todas las gestiones para que el seguro le pague a su hijo lo que le corresponda. Lo único que puede obligar el seguro, es a que la cuenta donde vaya el dinero esté a nombre de su hijo, pero nada más.
        Le ofrecemos nuestros servicios para asesorarle en esta cuestión.
        Un cordial saludo

  • 6 marzo, 2021

    saludos!
    me case hace dos meses y mi esposo tiene un hijo declarado. Tenemos planes de comprar casas y demás inversiones, como puedo protegerme de que en caso que el falte(Dios libre) su hijo pueda heredar la mitad de todo lo que compremos juntos, su hijo es menor todavía y nos casamos sin bienes separados. Gracias de antemano!

    • Equipo Comunicación
      15 marzo, 2021

      Buenos dias:

      Dado que vive en USA, le aconsejamos que contacte con un abogado de alli, ya que la legislación es distinta en cada pais y le podrán aconsejar lo ,ejor para usted.
      Un cordial saludo

  • 16 marzo, 2021

    Hola, mi suegro fallecio en(Aragon) y dejo la herencia a mi hija menor de edad (11 y 17 años) como administrador dejo a mi pareja y esta ha renunciado a la administracion, mi ex mujer e hija del difunto esta nombrada en testamento(a la que nada dejo), quien administra esos bienes ahora? se que yo como padre si que puedo. Pero mi exmujer puede asdministrar o se considera desheredada al pon er en testamento( mi hija nombre……. a la que nada dejo).

    • Equipo Comunicación
      4 abril, 2021

      Buenas tardes:
      La administración de los bienes del menor, corresponde a los padres en el ejercicio de la patria potestad, con lo que si dichos menores tienen algún tipo de patrimonio, sea por herencia por cualquier otro título, los dos padres ejercerán la administración de los mismos.
      Un cordial saludo

  • 2 abril, 2021

    buenas tardes, por favor me pueden asesorar , es que mi hermano fallecio y formaba parte de una sucesion donde el tenia derechos y acciones sobre un inmueble , el dejo dos hijos menores de edad de 11 y 13 años respectivamente producto de su segundo patrimonio y del primer matrimonio hauy un hijo de 28 años de edad, quien fuera su segunda esposa sera la representante de sus dos hijos menores, puede esta ultima vender los derechos y acciones sobre ese inmueble en sucesion o necesita autorizacion judicial ´para ello, teniendo en cuent a que el primer hijo de mi hermano no esta de acuerdo con esa venta ? gracias

    • Equipo Comunicación
      4 abril, 2021

      Buenas tardes:
      Para poder vender los bienes de un menor de edad, aunque sea la madre, necesitará autorización judicial para ello, por lo que tendrá que justificar que dicha venta esta hecha en beneficio de los menores.
      Un cordial saludo

    • 14 abril, 2021

      Unos amigos de mis padres son padrinos de una hija mia y un hijo de mi hermano a los que les an incluido en el testamento,si fallece uno de ellos siendo los hijos menores,,ay que esperar que fallezca el otro para heredar los vienes?

      • Equipo Comunicación
        15 abril, 2021

        Buenos dias:
        Habría que ver el testamento par para poder contestarle, no obstante lo mas lógico y normal es que los menores hayan sido nombrados herederos para cuando fallezcan los dos, y si fallece uno antes se le habrá dado la disposición de los bienes mientras viva aunque los herederos sean los ahora menores.
        Un cordial saludo

  • 17 abril, 2021

    Mi duda es la siguiente como puedo blindar una cuenta bancaria para mis hijos sin que mi ex pueda hacerse con el dinero si a mi me pasa algo ?

    • Equipo Comunicación
      19 abril, 2021

      Buenas tardes:
      La solución podrá ser que al momento de hacer su testamento,usted designe en el mismo un administrador de los bienes hereditarios de sus hijos, conforme a lo que usted quiera que se haga con esos bienes, y por el tiempo que usted igualmente estime oportuno, ya que no solo puede ser hasta la mayoría de edad, sino incluso por mas tiempo.
      Un cordial saludo

      • 4 mayo, 2021

        Hola buenas,mi madre murió cuando yo era menor .Mis hermanas y yo recibimos una herencia de mi abuela,yo al ser menor no la recibí,mi tío quiso guardarme ese dinero y mando a mi padre firmar un documento,para el hacerse cargo de ese dinero hasta que yo fuese mayor de edad.Llegada mi mayoría de edad,mi tío me niega ese dinero,y no recibo mi herencia,no tengo ningún documento para poder reclamarlo.Que puedo hacer??Gracias

        • Equipo Comunicación
          4 mayo, 2021

          Buenas tardes:
          Habría que realizar una investigación partiendo de la escritura de herencia de su abuela, y de ahí ir viendo los distintos pasos que su tio fue dando, para poder reclamarle. Para poder darle mas información sería imprescindible poder contar con mas datos, para lo cual puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 699025043, si lo estima oportuno.
          Un cordial saludo

  • 18 abril, 2021

    Buenas tardes
    Mi papa falleció y nos dejó, a mis hermanos y a mi (soy menor de edad) como herencia, acciones de una empresa, pero esta también esta constituida por un cuarto accionista (mi tio) y el porcentaje estaría con un 40% mi tio y un 20% cada uno de nosotros, haciendo un total del 100%. Pero mi tio esta como gerente de la empresa y en conjunto con mi hermano mayor aluden que hacen mayoría; por lo que no nos dan ningún tipo de información ni reportes, es más el Balance del ejercicio 2020 lo ha presentado sin previo aviso a los otros socios y sin aprobación, pero como sabe que según ley debe solicitar a Junta General de Socios, la convocó a junta 3 días después de haberlo presentado a Sunat. Y como 2 de los 4 accionistas no hemos aprobado el acta de la presentación del Balance porque hay varios detalles inconsistentes, está solicitando que mi mamá le envíe la copia literal de la sucesión instestada donde se garantiza la representación legal del titular de las acciones.

    Mi consulta es porque debería enviar esta copia literal de la sucesión intestada? Mi tio podría hacer algún movimiento o gestión utilizando esta copia literal? o por ser menor de edad no tendría validez y tendrían que pedirle igual autorización a mi mamá para que ellos puedan hacer cualquier venta , transacción o gestión?
    Lo consulto porque tengo miedo de que ellos hagan algo y perjudique mis intereses de la empresa porque este es mi único sustento para poder yo estudiar.

    Aprovecho en consultar, hasta donde me cubre la ley como socia minoritaria para poder solicitar utilidades o un monto mensual para mis estudios, porque hasta la fecha (ya paso 10 meses) y no he recibido nada de ahí porque aluden que no ha habido ganancias.

    Por favor, su ayuda con esto para poder saber porque no se del tema y tampoco se hasta donde me apoya la ley siendo menor de edad para percibir y cubrir mis gastos de estudios porque mi papá era quien me dada todo.

    Gracias.

    • Equipo Comunicación
      19 abril, 2021

      Buenas tardes:
      Usted, como menor de edad que es, no puede por si sola comparecer ante la sociedad, ni realizar ante la misma ningún tipo de actividad que no sea a través de su madre, que es quien tiene su patria potestad, y por tanto podría hacer en su nombre dichas acciones.
      No hay inconveniente en que aporte la declaración de herederos de su padre, ya que dicho documento es el que precisamente demuestra que usted puede ejercer sus derechos ante la sociedad.
      Si se niegan a presentar cuentas, ustedes tendrán que requerirselas formalmente, y si se niegan, solicitar una auditoria de la sociedad. Siempre les quedará poder acudir al Juzgado para defender sus derechos para que sus familiares no se salgan con la suya.
      Un cordial saludo

  • 26 mayo, 2021

    EL PROBLEMA ES CON MI MAMA ES UNA PERSONA DE LA TERCERA EDAD Y ESTA CON UNA MUCHACHA QUE REGOGIO CUANDO TENIA 6 MESES DE NACIDA PERO CON APELLIDOS DE SUS PADRES BIOLOGICOS LA CUIDO Y CRECIO LE DIO ESTUDIOS ASTA NIVEL MEDIO SUPERIOR, EL TIEMPO PASO MIS HERMANOS LEGITIMOS EMIGRARON A LOS ESTADOS UNIDOS Y SOLO SOLVENTAN ECONOMICAMENTE A MI MADRE AHORA YO REGRESE AL PUEBLO HACE 10 MESES SOY EL HIJO MENOR DE MI MADRE Y ME ENCUENTRO QUE ESTA MUCHACHA QUE CONSIDERAMOS HERNANA ADOPTIVA SE ESTA APROVECHANDO DE MI MADRE ELLA JUNTO CONSU ESPOSO SE APROVECHAN DE SU EDAD Y SITUACION EN LOS ULTIMOS MESES A VENDIDO DOS TERRENOS LE A COMPRADO UN TERRENO Y PUESTO A SU NOMBRE DE LA CHICA, MI MADRE LOS MANTIENE A ELLA Y SU ESPOSO YA LES PUSO CASA, COMPRO MOTO CARRO Y LO PEOR QUE LA TIENE DOMINADA Y PRACTICAAMENTE LA AISLA DE AMISTADES FAMILIARES CON LA FINALIDAD DE SEGUIR CONTROLANDOLA SU CASA DE MI MADRE ESTA MUY SUCIA Y MI MADRE ENFERMA Y SEGUN DATOS DE PERSONAS QUE RESPALDAN SU TESTIMONIO EL ESPOSO DE LA CHICA MALTRATA A MI MADRE COMO PUEDO YO PELEAR LEGALMENTE PARA EVITAR EL DESPOJO Y EVITAR LA FORMA EN LA QUE VIVE ME PREOCUPA QUE PUEDA VENDER MAS TERRENOS Y LOS TERRENOS QUE HAN COMPRADO MIS HERMANOS POR EL ECHO QUE ESTAN A NOMBRE DE MI MADRE, O TAL VEZ SI YA LOS HAYA VENDIDO EMPEÑADO O DEMAS QUIERO ACTUAR PERO NECESITO ASESORIA LEGAL Y SOBRE TODO QUIERO CUIDAR Y PROTEGER A MI MADRE DE ESTOS VIVIDORES, QUE CON MI MADRE ES LA SEGUNDA ANCIANA QUE ESTAN DESPOJANDO. AQUI NO PUEDO PRACTICAMENTE LA MUCHACA Y SU ESPOSO ES LA QUE MANDA EN MI CASA Y LA TIENEN BAJO SU CONTROL. Y QUE TANTI PUEDO HACER? QUE NECESITO?

    • Equipo Comunicación
      27 mayo, 2021

      Si se ha podido cometer algún tipo de delito de estafa o apropiación indebida por parte de esa persona, usted podrá denunciarlo y pedir una orden de alejamiento para que no pueda acercarse mas a su madre.

      Lo ideal es que si su madre no está en buenas condiciones, la puedan incapacitar y nombrarse alguno de sus hijos como tutores de ella, de manera que puedan controlar la administración de sus bienes y asi nadie pueda aprovecharse.

      Un cordial saludo

  • 19 junio, 2021

    Ha fallecido un tío, somos los herederos pero mi hermano menor falleció, dejando una menor, que a día de hoy tiene 16 años, ella puede estar presente en la notaria al hacer los trámites de la herencia?

    • Equipo Comunicación
      21 junio, 2021

      Buenos dias:

      Ella no podrá comparecer por si misma al ser menor de edad, pero si podrá hacerlo la madre en nombre de ella.

      Un cordial saludo

  • 7 julio, 2021

    Buenas tardes,
    tengo una duda.
    En caso de fallecimiento de uno de los conyúges, sin testamento. Con hijos menores, tienen una vivienda en propiedad al 50%, gravada con 2 hipotecas, en la misma entidad.
    Es posible poder mover la hipoteca de banco unificando las 2 hipotecas en 1? O se necesitará consentimiento judicial, al haber menores de por medio?
    Gracias

    • Equipo Comunicación
      15 julio, 2021

      Buenas tardes:

      Al ser un acto de disposición en beneficio de los menores, no debería necesitar autorización judicial. No obstante, el Notario donde se firmara la operación tendrá la última palabra en cuanto a ello
      Un saludo

  • 9 julio, 2021

    Buenas noches,

    Mi padre fallecio hace 10 anos. Todos los herederos legales seguimos los tramites legales para renunciar a la herencia ante las deudas existentes. Esta semana una entidad bancaria nos comunica la subasta de una de las propiedades incluyendo como herederos a mis hijos menores de edad (menores de 10 anos). Ambos nacieron anos despues del fallecimiento. En ningun momento he proporcionado los datos personales de mis hijos ni he dado consentimiento para el uso de sus datos. Creo que los datos han sido proporcionados por una tercera parte (cercana a la familia) interesada en la propiedad sin mi consentimiento. Estamos ante un caso de violacion de proteccion de datos?
    Mis hijos son ciudadanos espanoles registrados en el Registro Civil pero resido fuera de Espana desde hace 20 anos.

    Muchas gracias.

    Un saludo.

    • Equipo Comunicación
      15 julio, 2021

      Buenas tardes:
      Habría que conocer los pormenores de la comunicación de los datos de los menores al Juzgado, ya que habría que comprobar si no fue por un requerimiento del Juzgado, en cuyo caso no habría ilegalidad.
      Un saludo

      • 15 julio, 2021

        Muchas gracias por la respuesta,

        Esta es una posibilidad que barajamos. Sin embargo, el nombre de uno de los menores es erroneo en la comunicacion de la entidad bancaria. Digamos que el nombre registrado en la partida de nacimiento del menor y en el registro civil es Pepa y, en el escrito de la entidad bancaria, aparece como Maria Jose. Esto parece indicar que los datos de los menores se han obtenido sin seguir los cauces oficiales y la legislacion vigente en cuanto a proteccion de datos.
        Me he dirigido al Delegado de Proteccion de Datos de la entidad bancaria exponiendole los hechos y mi preocupacion. Su respuesta ha sido que «no corresponde a una solicitud con contenido de privacidad y proteccion de datos.»
        En estos momentos no sabria cual es el siguiente paso a seguir.

        Muchas gracias de nuevo.

        Un saludo.

  • 14 julio, 2021

    Hola buenas noches…..
    Necesito asesoría …mi madre puso de heredero a mis dos hijos a mi pero ya falleció ya tiene 3 años entonces yo quiero vender la casa por qué no iremos a otro estado por mi trabajo pero mis hijos son menor de edad que puedo Aser asi

  • 18 julio, 2021

    Buenas tardes soy la hija mayor , mi padre dejo una casa , el cual somos beneficiará mi media hermana y yo , el caso es ella quiere venir a vivir con toda su familia más 6 personas , es eso posible , puede tomar su parte de la herencia así nada más o tendría que haber un documento de por medio que permita eso , ya que la vivienda no tiene independización pues soy yo quien vivo en la casa y esto perturbados mi bienestar y más si estamos en pandemia . No hay testamento.

    • Equipo Comunicación
      9 agosto, 2021

      Buenas tardes:
      Si usted tiene el uso de la casa, aunque sean dos herederas, no pueden privarle de ese uso excepto que haya una resolución judicial que lo ordene. Lo ideal sería llegar a un acuerdo, o bien su hermana podría pedir que se vendiera a través del Juzgado.
      Un cordial saludo

  • 5 agosto, 2021

    Yo tengo una pregunta. Si vivo en un orfanato o una residencia de menores, y mi padres fallecieron cuando era pequeña. ¿La casa que estaba a su nombre pasaría a ser mí al cumplir 18 años? Y si ese fuese el caso quien me entregaría la casa o como debo resolver los temas para que quede totalmente a mi nombre?

    • Equipo Comunicación
      9 agosto, 2021

      Buenos dias:

      Para que la casa pase a su nombre debe de adjudicarse la herencia de sus padres, para lo cual incluso podría ser antes de que cumpliera los 18 años. Para poder hacerlo habría que tramitar la documentación, para lo cual puede contar con nuestros servicios para ayudarle.
      Un cordial saludo

  • 4 septiembre, 2021

    Tengo 5 hijas todas estudian la mayor tiene 20 años y la menor 12 años 2cuñadas la más chica es divorciada tenemos pecima comunicación jamás nos avistó como parte de su fam que ya es normal ver cómo detesta a mis hijas pero como vivimos en Estados diferentes que la ignoramos mi cuñada la mayor vivió una enfermedad muy triste y de varios años en sus últimos días reunió a dos de sus sobrinos los mayores de cada fam.y les informo que les dejaba una póliza garantía de estudios para que siguieran estudiando y por ser los mayores tenía el encargo de Aser buen uso de ese dinero y repartirlo entre hermanos más nunca les dió documentos ni lo pedimos ella murió el diciembre pasado nos dijeron que si dejo una póliza tal como se los dijo pero quitaron a mi hija la mayor y está la más chica de 12años y como tutora la que detesta a mis hijas jamás me informo de nada obtuvo documentos de mi hija sin permiso y cobro la póliza pidiendo el importe en una sola exhibición a su cuenta personal comentando que ella no se la tutora de mi hija y la que se ase cargo de ella lo cual es una mentira ni si quiera sabe en qué año escolar está y sin consentimiento mío ..esto procede aunque en esa póliza ella esté nombrada nada más de mi hija como tutora puede sin autorización estar cobrando a nombre de la niña …gracias por su atención

    • Equipo Comunicación
      13 septiembre, 2021

      Buenos dias:
      Si está nombrada como administradora o tutora, podrá disponer del dinero en nombre de su hija, pero solo para administrarlo, nunca gastarlo,y en este último caso solo hacerlo en beneficio de la menor. En caso de que no sea asi, estaría cometiendo una irregularidad que usted deberá denunciar ante los tribunales.
      Un saludo

  • 10 septiembre, 2021

    Hola!!!
    Hace 2 años se rapartío la herencia de mi padre y a mi me tocó el 40%, so la hija que mas le tocó pero por ser menor de edad en ese entonces mi madre cobró el dinero, yo se lo puedo pedir ahora que cumplí 19 años? y en caso de que se haya gastado el dinero sin darme nada que se puede hacer o simplemente quedo sin nada?

    Gracias

    • Equipo Comunicación
      13 septiembre, 2021

      Buenos dias:
      Su madre solo ha podido administrar su dinero, pero no gastarlo, en caso de que lo haya hecho, solo ha podido ser en beneficio de usted. Si no lo ha hecho asi, usted podrá reclamar a su madre por su mala administración e intentar recuperar las cantidades de las que se haya apropiado ilegalmente.
      Le ofrecemos nuestros servicios para asesorarle en lo que precise.
      Un cordial saludo

  • 26 septiembre, 2021

    Hola, tengo una cuestión, mi papá falleció en enero, se hizo la búsqueda del testamento en mi estado y no existe, mis medios hermanos dicen que tampoco existe en el otro estado en que estaba viviendo, por lo que tengo duda de que puedo hacer? Mis medios hermanos se repartieron las propiedades y vendieron la camioneta de mi padre a otro hermano, sin tener ningun documento, ¿es eso posible? ¿Que puedo hacer si no hay testamento y no nos ha llamado ningún notario para repartirnos las propiedades ya que el no tenía? ¿A dónde puedo acudir? (Cabe recalcar que la esposa de mi padre falleció meses después que el y no se arregló nada de las propiedades) (y yo era menor de edad cuando el fallecio y sigo estudiando, ¿eso me beneficia en algo?)

    • Equipo Comunicación
      1 octubre, 2021

      Buenas tardes:

      Si se han vendido bienes que son de propiedad de otra persona sin adjudicar la herencia, se podrá denunciar ese hecho. Usted tendrá que contratar a un abogado que les obligue a adjudicar la herencia y asi evitar que puedan seguir vendiendo bienes o disponiendo de ellos sin que usted lo haga.

  • 29 septiembre, 2021

    Buenas tardes,
    Queria preguntarles en caso de fallecimiento de mi madre yo y mi hermano somos los herederos porque mi padre falleció, pero yo puedo dejar mi 50% a mis hijas son menores de edad pero no quisiera que mi pareja disfrutara de dinero de mi madre.
    Puedo dejarlo a mis hijas aunque sean menores y como deberia hacerlo.
    Nosotros somos matrimonio pero no tenemos testamento echo.
    Muchas gracias por la información.
    Un saludo

    • Equipo Comunicación
      1 octubre, 2021

      Buenos dias:

      Su esposo siempre tendrá derecho a su cuota legal usufructuaria, por lo que usted deberá hacer un testamento en el que legue expresamente ese dinero a sus hijos, y nombre un administrador de su herencia para que administre los bienes de la herencia de sus hijas, mientras que estas sean menores de edad.

    • 6 noviembre, 2021

      Hola, buenas tardes tengo 15 años y mi padre murió hace dos años, mi mamá es la resposable de mi herencia, que pasa si ella ha malgastado parte de mi herencia?

      • Equipo Comunicación
        8 noviembre, 2021

        Buenos dias:
        Su madre puede administrar sus bienes, pero nunca malgastarlos, y en caso de que asi lo haya hecho, usted siempre podrá reclamarle judicialmente los perjuicios que le haya causado dicha mala administración.
        Un saludo

  • 9 noviembre, 2021

    Tengo un hijo de 12 años mi esposo falleció y otra persona se acreditó como concubina y le dieron derecho a la herencia , q porcentaje de la herencia le corresponde a mi hijo siendo mejor de edad?

    • Equipo Comunicación
      11 noviembre, 2021

      Buenos dias:

      Depende de si hay testamento o no, y en caso afirmativo, de lo que se establezca en el mismo.

      Un saludo

  • 28 noviembre, 2021

    Hola quiero saber si en una sucesión testamentaria
    De la casa de mi.papa el 25 de la casa es para mí hermano el falleció ?y su parte es pa mi sobrinito el es menor de edad por lo q su mami es su representante. pero salió algo que tenemos q ir al juzgado por algo de protección a menores eso porq sucede el lic. No nos ah explicado bien podrían orientarme por favor

    • Equipo Comunicación
      29 noviembre, 2021

      Buenos dias:

      Con los datos que nos facilita es dificil darle una respuesta, no obstante parece que a lo que se refiere es al nombramiento de un defensor judicial para que firme la escritura, en caso de que haya conflicto de intereses con la madre.

      Un saludo

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